Resolución Zonal N.° 011-2025-GRP-DRTPE-ZTPEP
Resolución Zonal N° 011-2025-GRP-DRTPE-ZTPEP
4 de diciembre de 2025
SE RESUELVE:
1.- MULTAR a la empresa BRANDINT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, con RUC N° 20602413897, con domicilio Fiscal en AVENIDA SANTA LUCIA NRO. 143 URBANIZACIÓN INDUSTRIAL LA AURORA - ATE LIMA; por inasistencia a audiencia de conciliación convocada por la Autoridad de Trabajo competente, con la suma S/ 4, 000.00 (Cuatro mil con 00/100 soles); cantidad que deberá ser cancelada mediante pago en efectivo o giro de cheque a nombre de DIRECCIÓN GENERAL DEL TESORO PÚBLICO; en ambos casos el pago se hará directamente en ventanilla de Caja - Ingresos de la Oficina de Tesorería del Gobierno Regional de Piura, ubicado en el segundo local del Gobierno Regional Piura, sito en Avenida Fortunato Chirichigno S/N-Piura, dentro del término de setenta y dos (72) horas de quedar consentida o confirmada la presente resolución, con los intereses que se generen a la fecha efectiva de pago, bajo apercibimiento de seguirse la acción por la vía coactiva. Asimismo, cumplido el pago de la multa deberá hacer llegar a la Autoridad de Trabajo el original del comprobante de pago.
HÁGASE SABER. -
1.- MULTAR a la empresa BRANDINT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, con RUC N° 20602413897, con domicilio Fiscal en AVENIDA SANTA LUCIA NRO. 143 URBANIZACIÓN INDUSTRIAL LA AURORA - ATE LIMA; por inasistencia a audiencia de conciliación convocada por la Autoridad de Trabajo competente, con la suma S/ 4, 000.00 (Cuatro mil con 00/100 soles); cantidad que deberá ser cancelada mediante pago en efectivo o giro de cheque a nombre de DIRECCIÓN GENERAL DEL TESORO PÚBLICO; en ambos casos el pago se hará directamente en ventanilla de Caja - Ingresos de la Oficina de Tesorería del Gobierno Regional de Piura, ubicado en el segundo local del Gobierno Regional Piura, sito en Avenida Fortunato Chirichigno S/N-Piura, dentro del término de setenta y dos (72) horas de quedar consentida o confirmada la presente resolución, con los intereses que se generen a la fecha efectiva de pago, bajo apercibimiento de seguirse la acción por la vía coactiva. Asimismo, cumplido el pago de la multa deberá hacer llegar a la Autoridad de Trabajo el original del comprobante de pago.
HÁGASE SABER. -
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Zona de Trabajo y Promoción del Empleo de Paita
