Resolución Directoral Regional N.° 017-2009-DR

Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura

15 de abril de 2009

SE RESUELVE

ARTICULO 1°- RECONOCER a favor de la señorita ELSA ARIZAGA NOBLECILLA, declarada única y universal heredera de la fallecida pensionista de la Dirección Regional de Trabajo y P.E, señorita Graciela Arizaga Noblecilla, Nivel SAE, el el pago del subsidio por fallecimiento de su madre y subsidio por sepelio y luto que equivale a dos (02) remmeraciones totales por un total de S/.171.22 por fallecimiento y S/.171.22 por gastos de sepelio y luto, lo que hace un total de S/.342.44 (TRESCIENTOS CUARENTIDOS y 44/100 Nuevos Soles), conforme se detalla en el anexo Nº 01 que forma parte de la presente Resolución.

ARTICULO 2°- RECONOCER a favor de la señorita ELSA ARIZAGA OBLECILLA, declarada única y universal heredera de la fallecida pensionista de la Dirección Regional de Trabajo y P.E, seflorita Graciela Arizaga Noblecilla, Nivel SAE, el pago de los devengados de Setiembre del 2004 a Diciembre del 2007, por concepto de Renjuste de Pensiones establecida por el D.U N° 105-2001, por un total de S/.2,000.00 DOS MIL y 00/100 Nuevos Soles), conforme se detalla en el anexo N° 02 que forma parte de la presente Resolución.

ARTICULO 3° -EL EGRESO, que origine el cumplimiento de la presente Resolución se afectará al Pliego 457 Gobierno Regional Piura, Unidad Ejecutora: 001 Sede Piura, Función: 24 Previsión Social, Programa 052 Previsión Social, Sub-Programa 0116 Sistemas de Pensiones, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Presupuesto del 2009, de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Piura

ARTICULO 3º.- Comuniquese a la Oficina Técnica Administrativa, para su cumplimiento.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Regional

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