Resolución Directoral Regional N.° 048-2014-DR
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura
31 de octubre de 2014
SE RESUELVE :
ARTICULO 1º.- RECONOCER, a la Licenciada Administración Ana Gilda Castillo Campos, Directora de Promoción del Empleo y Formación Profesional, nivel remunerativo F-3; el derecho a percibir en forma mensual la Remuneración Transitoria para Homologación-RTH de S/.224.40 (Doscientos Veinticuatro y 40/100 Nuevos Soles), a partir de la fecha en que adquirió el derecho de percepción el 02 de julio del 2009 por haber desempeñado el cargo de confianza de Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura, nivel remunerativo F-5, por más de 12 meses ininterrumpidos.
ARTICULO 2º.- ABONAR a la Licenciada Administración Ana Gilda Castillo Campos, el importe de de S/.1,033.20 (Un mil treintitres y 20/100 Nuevos Soles) correspondiente a la diferencial no percibida por concepto de la Remuneración Transitoria para Homologación-RTH del período comprendido entre julio del 2009 a diciembre del 2010, detallada en el sexto considerando de la presente Resolución.
ARTICULO 3º.- El egreso que origine el cumplimiento de la presente Resolución se afectará al Pliego 457 Gobierno Regional Piura, Unidad Ejecutora: 001 Sede Piura, Función: 07 Trabajo, Programa: 006 Gestión, Sub-Programa: 0008 Asesoramiento y Apoyo, con cargo a la naturaleza del gasto 2, 1, Personal y Obligaciones del Presupuesto de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios.
ARTICULO 4°.- Comuniquese, a la Oficina Técnica Administrativa para su Cumplimiento
ARTICULO 1º.- RECONOCER, a la Licenciada Administración Ana Gilda Castillo Campos, Directora de Promoción del Empleo y Formación Profesional, nivel remunerativo F-3; el derecho a percibir en forma mensual la Remuneración Transitoria para Homologación-RTH de S/.224.40 (Doscientos Veinticuatro y 40/100 Nuevos Soles), a partir de la fecha en que adquirió el derecho de percepción el 02 de julio del 2009 por haber desempeñado el cargo de confianza de Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura, nivel remunerativo F-5, por más de 12 meses ininterrumpidos.
ARTICULO 2º.- ABONAR a la Licenciada Administración Ana Gilda Castillo Campos, el importe de de S/.1,033.20 (Un mil treintitres y 20/100 Nuevos Soles) correspondiente a la diferencial no percibida por concepto de la Remuneración Transitoria para Homologación-RTH del período comprendido entre julio del 2009 a diciembre del 2010, detallada en el sexto considerando de la presente Resolución.
ARTICULO 3º.- El egreso que origine el cumplimiento de la presente Resolución se afectará al Pliego 457 Gobierno Regional Piura, Unidad Ejecutora: 001 Sede Piura, Función: 07 Trabajo, Programa: 006 Gestión, Sub-Programa: 0008 Asesoramiento y Apoyo, con cargo a la naturaleza del gasto 2, 1, Personal y Obligaciones del Presupuesto de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios.
ARTICULO 4°.- Comuniquese, a la Oficina Técnica Administrativa para su Cumplimiento
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Regional