Resolución Directoral Regional N.° 036-2015-DR
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura
6 de mayo de 2015
SE RESUELVE:
ARTICULO 1º.- RECONOCER, al servidor público JOSE HUGO PIÑARRETA ARMIJOS, Técnico Administrativo III en la Zona de Trabajo y Promoción del Empleo de Sullana, nivel remunerativo STA, el pago de la bonificación diferencial desde la fecha de culminación de la designación Abril del 2011 hasta Marzo del 2015 por un total de S/.10,570.79 (Diez mil quinientos setenta y 79/100 nuevos soles) y Aportaciones a ESSALUD de S/.951.00 (Novecientos cincuentiuno y 00/100 nuevos soles).
ARTICULO 2º.- ABONAR al servidor público JOSE HUGO PIÑARRETA ARMIJOS la Bonificación Diferencial a partir del mes de marzo del presente año fiscal, en forma mensual por la suma de S/.230.30 (Doscientos treinta y 30/100 nuevos soles).
ARTICULO 3º.- El egreso que origine el cumplimiento de la presente Resolución se afectará al Pliego 457 Gobierno Regional Piura, Unidad Ejecutora: 001 Sede Piura, Función: 07 Trabajo, Programa: 006 Gestión, Sub-Programa: 0008 Asesoramiento y Apoyo, con cargo a la naturaleza del gasto 2, 1, Personal y Obligaciones del Presupuesto de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios.
ARTICULO 4°. Comuniquese, a la Oficina Técnica Administrativa para su cumplimiento.
ARTICULO 1º.- RECONOCER, al servidor público JOSE HUGO PIÑARRETA ARMIJOS, Técnico Administrativo III en la Zona de Trabajo y Promoción del Empleo de Sullana, nivel remunerativo STA, el pago de la bonificación diferencial desde la fecha de culminación de la designación Abril del 2011 hasta Marzo del 2015 por un total de S/.10,570.79 (Diez mil quinientos setenta y 79/100 nuevos soles) y Aportaciones a ESSALUD de S/.951.00 (Novecientos cincuentiuno y 00/100 nuevos soles).
ARTICULO 2º.- ABONAR al servidor público JOSE HUGO PIÑARRETA ARMIJOS la Bonificación Diferencial a partir del mes de marzo del presente año fiscal, en forma mensual por la suma de S/.230.30 (Doscientos treinta y 30/100 nuevos soles).
ARTICULO 3º.- El egreso que origine el cumplimiento de la presente Resolución se afectará al Pliego 457 Gobierno Regional Piura, Unidad Ejecutora: 001 Sede Piura, Función: 07 Trabajo, Programa: 006 Gestión, Sub-Programa: 0008 Asesoramiento y Apoyo, con cargo a la naturaleza del gasto 2, 1, Personal y Obligaciones del Presupuesto de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios.
ARTICULO 4°. Comuniquese, a la Oficina Técnica Administrativa para su cumplimiento.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Regional