Resolución Directoral Regional N.° 029-2015-DR
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura
7 de abril de 2015
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APRUEBESE, la Baja Fisica y Contable de Ciento Cincuenta y uno (151) bienes muebles de propiedad de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Piura, los cuales se encuentran debidamente registrados en el Software Inventario Mobiliario Institucional-SIMI con un valor en libros ascendente a Ciento dieciséis mil ciento nueve y 67/100 Nuevos Soles (S/ 116,109.67); por la causa de Excedencia, cuyas características técnicas se describen en el Anexo "A" que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPÓNGASE, a la Oficina Técnica Administrativa correr traslado del expediente a la Oficina Regional de Administración para la aprobación del destino final de los bienes muebles, de conformidad a las funciones y atribuciones aprobadas por la Ordenanza Regional N° 194-2010/GRP-CR.
ARTÍCULO TERCERO: HÁGASE de conocimiento a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, a las Oficinas de Contabilidad y Control Patrimonial de la Sede Central del Gobierno Regional Piura y a la Oficina Técnica Administrativa de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Piura, para los fines subsiguientes.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y ARCHÍVESE.
ARTICULO PRIMERO: APRUEBESE, la Baja Fisica y Contable de Ciento Cincuenta y uno (151) bienes muebles de propiedad de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Piura, los cuales se encuentran debidamente registrados en el Software Inventario Mobiliario Institucional-SIMI con un valor en libros ascendente a Ciento dieciséis mil ciento nueve y 67/100 Nuevos Soles (S/ 116,109.67); por la causa de Excedencia, cuyas características técnicas se describen en el Anexo "A" que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPÓNGASE, a la Oficina Técnica Administrativa correr traslado del expediente a la Oficina Regional de Administración para la aprobación del destino final de los bienes muebles, de conformidad a las funciones y atribuciones aprobadas por la Ordenanza Regional N° 194-2010/GRP-CR.
ARTÍCULO TERCERO: HÁGASE de conocimiento a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, a las Oficinas de Contabilidad y Control Patrimonial de la Sede Central del Gobierno Regional Piura y a la Oficina Técnica Administrativa de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Piura, para los fines subsiguientes.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y ARCHÍVESE.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Regional