Resolución Directoral Regional N.° 029-2023-DRTPE-DR
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura
10 de abril de 2023
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- RECONOCER, al ex servidor público don JORGE WIGBERTO MONTERO BERECHE, Técnico Administrativo II de la Subdirección de Negociación Colectiva, Registros Generales, Pericias, Defensa Legal Gratuita y Asesoria del Trabajador, nivel remunerativo STB; quien cesó por límite de edad bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276, con catorce (14) años, siete (07) meses y cero (0) días de servicios prestados al estado desde el 16 de agosto de 2006 al 28 de febrero del 2023 descontando 01 año 11 meses y 12 días sin goce de haber, conforme se detalla en anexo que forma parte de la presente Resolución.
-Compensación por Tiempo de Servicios: ascendente a la suma de S/. 31,796.63 (treintiun mil setecientos noventa y seis y 63/100 soles).
-Compensación Vacacional: ascendente a la suma de S/. 1,048.05 (Un mil cuarenta y ocho y 05/100 soles) sujeto de acuerdo de ley (Régimen de Pensiones del Decreto Ley N° 19990-Sistema Nacional de Pensiones) de S/. 136.25 y Aportación al Seguro Regular Essalud por S/. 94.32.
ARTICULO 2°.- El Egreso que origine el cumplimeiento de la presente Resolucion se afectara al Pliego 457 Gobierno Regional de Piura, Unidad Ejecutora:001 Sede Piura, Función: 07 Trabajo, Programa: 006 Gestion, Sub-programa:0008 Asesoramiento y Apoyo, con cargo a la naturaleza del gasto 2, 1, Personal y Obligaciones del Presupuesto de la dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios.
ARTICULO 3°.- REGISTRESE Y COMUNIQUESE, al interesado y a la Oficina Técnica Administrativa para su cumplimiento.
ARTÍCULO 1°.- RECONOCER, al ex servidor público don JORGE WIGBERTO MONTERO BERECHE, Técnico Administrativo II de la Subdirección de Negociación Colectiva, Registros Generales, Pericias, Defensa Legal Gratuita y Asesoria del Trabajador, nivel remunerativo STB; quien cesó por límite de edad bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276, con catorce (14) años, siete (07) meses y cero (0) días de servicios prestados al estado desde el 16 de agosto de 2006 al 28 de febrero del 2023 descontando 01 año 11 meses y 12 días sin goce de haber, conforme se detalla en anexo que forma parte de la presente Resolución.
-Compensación por Tiempo de Servicios: ascendente a la suma de S/. 31,796.63 (treintiun mil setecientos noventa y seis y 63/100 soles).
-Compensación Vacacional: ascendente a la suma de S/. 1,048.05 (Un mil cuarenta y ocho y 05/100 soles) sujeto de acuerdo de ley (Régimen de Pensiones del Decreto Ley N° 19990-Sistema Nacional de Pensiones) de S/. 136.25 y Aportación al Seguro Regular Essalud por S/. 94.32.
ARTICULO 2°.- El Egreso que origine el cumplimeiento de la presente Resolucion se afectara al Pliego 457 Gobierno Regional de Piura, Unidad Ejecutora:001 Sede Piura, Función: 07 Trabajo, Programa: 006 Gestion, Sub-programa:0008 Asesoramiento y Apoyo, con cargo a la naturaleza del gasto 2, 1, Personal y Obligaciones del Presupuesto de la dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios.
ARTICULO 3°.- REGISTRESE Y COMUNIQUESE, al interesado y a la Oficina Técnica Administrativa para su cumplimiento.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Regional