Resolución Directoral Regional N.° 046-2022/GRP-DRTPE-DR

27 de octubre de 2022

IMPROCEDENTE la solicitud presentada por José Hugo Piñarreta Armijos sobre el reconocimiento y pago de la Bonificación especial de cuatrocientos y 00/100 (S/. 400.00) soles mensual otorgado pro el Artículo 12° del Decreto Supremo N° 051-91-PCM, dentro de la estructura remunerativa del periodo devengado a partir del 01 de febrero de 1991 hasta el mes de setiembre del 2021; así mismo el reconocimiento del indicado beneficio a partir del mes de octubre del 2021, y periodo devengado y que se devengue, dentro de la estructura pensionaria y 2) Se reconozca a mi favor el reintegro de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), y de la Compensación Vacacional ; al no haber sido considerado en el cálculo de la Bonificación Especial de S/. 400.00 mensual, otorgada por el artículo 12° del D. S. N° 051-91-PCM, a lo que hay que reconocer pagar los intereses legales; por las consideraciones expuestas.

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