Resolución Directoral Regional N.° 014-2022-DPECL
Dirección Promoción del Empleo y Capacitación Laboral
20 de julio de 2022
SE RESUELVE:
Disponer la Renovación de Inscripción de la Empresa "SERVIR HMS S.R.L.", En el Registro Nacional de Empresa y Entidades que realizan Actividades de Intermediación Laboral por los términos señalados en el tercer y cuarto considerandos de la presente Resolución; autorizándose Servicios Temporales; en las Ocupaciones de Ingeniero Civil, ingeniero industrial, técnico gasfitero, tubero, carpintero, operarios para saneamiento de agua y alcantarillado, corte y reconexión y lectura de medidores, repartidor de recibos, técnicos en enfermería, médicos cirujanos, laboratorista, patólogos clínicos, técnicos en nutrición, digitadores, secretarias, impulsadores, cocineros, chef en regimen normal y dietas, anfitriones, recepcionistas teleoperadores, choferes de equipos livianos y pesados/choferes de maquinaria y equipos pesados para minería (destacando personal bajo de modalidad de contratación ocasional o de suplencia, no debiendo exceder al 20% del numero total de trabajadores de la empresa usuaria); servicios complementarios; en las actividades de limpieza de oficinas y campamentos, clínicas, postas medicas, lavandería en empresas publicas y privadas (dentro de las instalaciones de la empresa usuaria); limpieza de hoteles, clubes y asociaciones, servicios de conducción vinculados de vehículos con chofer (dentro de las instalaciones de la empresa usuaria); servicios de mantenimiento de jardinería y de areas verdes, servicio de eliminación de malezas, servicios de mantenimiento de edificaciones y mantenimiento eléctrico, y de servicios especializados; servicios de saneamiento ambiental, desratización, desinfección, desinsectación de reservorio de agua, limpieza de tanques sépticos, procediéndose expedir la Constancia de Renovación de Inscripción en el Registro correspondiente.
HAGASE SABER.-
Disponer la Renovación de Inscripción de la Empresa "SERVIR HMS S.R.L.", En el Registro Nacional de Empresa y Entidades que realizan Actividades de Intermediación Laboral por los términos señalados en el tercer y cuarto considerandos de la presente Resolución; autorizándose Servicios Temporales; en las Ocupaciones de Ingeniero Civil, ingeniero industrial, técnico gasfitero, tubero, carpintero, operarios para saneamiento de agua y alcantarillado, corte y reconexión y lectura de medidores, repartidor de recibos, técnicos en enfermería, médicos cirujanos, laboratorista, patólogos clínicos, técnicos en nutrición, digitadores, secretarias, impulsadores, cocineros, chef en regimen normal y dietas, anfitriones, recepcionistas teleoperadores, choferes de equipos livianos y pesados/choferes de maquinaria y equipos pesados para minería (destacando personal bajo de modalidad de contratación ocasional o de suplencia, no debiendo exceder al 20% del numero total de trabajadores de la empresa usuaria); servicios complementarios; en las actividades de limpieza de oficinas y campamentos, clínicas, postas medicas, lavandería en empresas publicas y privadas (dentro de las instalaciones de la empresa usuaria); limpieza de hoteles, clubes y asociaciones, servicios de conducción vinculados de vehículos con chofer (dentro de las instalaciones de la empresa usuaria); servicios de mantenimiento de jardinería y de areas verdes, servicio de eliminación de malezas, servicios de mantenimiento de edificaciones y mantenimiento eléctrico, y de servicios especializados; servicios de saneamiento ambiental, desratización, desinfección, desinsectación de reservorio de agua, limpieza de tanques sépticos, procediéndose expedir la Constancia de Renovación de Inscripción en el Registro correspondiente.
HAGASE SABER.-
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral