Resolución Directoral Regional N.° 028-2022-DR

Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura

22 de junio de 2022

SE RESUELVE:

ARTICULO 1°.- RECTIFICAR
el Articulo 1° de la Resolución Directoral Regional N° 030-2019-GRP-DRTPE-DR del 17 de Junio del 2019, en los siguientes términos

Dice:

OTORGAR el monto de la pensión definitiva de sobrevivencia-viudez por la suma de S/. 1,334.46 (Un mil trescientos treinta y cuatro y 00/100 soles) y por subvención Económica de S/. 700.00 a partir del 05 de Enero del 2021, a favor de doña YOLANDA HAYDEE MONTERO DE RAMIREZ, de pensión de sobreviviente-viudez del fallecido pensionista de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Telesforo Eduardo Ramírez Ramírez, conforme se detalla a continuación:

Por Recursos Ordinarios:
D.L. N° 25697 3.02
D.U. N° 37-94 370.00
D.U. N° 090-96 93.38
D.U. N° 073-97 108.32
D.U. N° 011-99 125.65
Refrigerio y Movilidad 8.02
Pensión 38.51
Costo de Vida 164.07
D.U. N° 105-2001 50.00
D.L. N° 038-EF/07 10.00
D.S. N° 016-05-EF 28.90
D.S. N° 110-06-EF 12.59
D.S. N° 120-08-EF 15.00
D.S. N° 014-09-EF 15.00
D.S. N° 077-2010-EF 20.00
D.S. N° 031-2011-EF 25.00
D.S. N° 024-2012-EF 25.00
D.S. N° 004-2013-EF 25.00
D.S. N° 003-2014-EF 27.00
D.S. N° 002-2015-EF 30.00
D.S. N° 005-2016-EF 38.00
D.S. N° 020-2017-EF 43.00
D.S. N° 011-2018-EF 29.00
D.S. N° 009-2019-EF 30.00
Total de Pensión Definitiva S/. 1,334.46

Subvención por Recursos Directamente Recaudados (Resolución de vista N° 21 de fecha 08.11.2021 Exp. N° 2001-705-CI)
SUBVENCION ECONOMICA S/. 700.00

DEBE DECIR:
OTORGAR el monto de pensión definitiva de sobreviviente-viudez por la suma de S/. 1,017.23 (Un mil diecisiete y 23/100 Soles) a partir de la fecha de emitida la presente a favor de doña YOLANDA HAYDEE MONTERO DE RAMIREZ, de pensión de sobreviviente-viudez del fallecido pensionista de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Telesforo Eduardo Ramírez Ramírez, conforme se detalla a continuación:

100% 50%
Total Pensión Percibida por Causante S/. 1,334.46 667.23
Subvención Económica S/. 700.00 350.00
S/. 2,034.46 S/. 1,017.23

ARTICULO 2°.- EL EGRESO que origine el cumplimiento de la presente Resolución se afectara al Pliego 457 Gobierno Regional Piura, Unidad Ejecutora: 00892 Región Piura Sede Central, Función: 24 Previsión Social, Programa 052 Previsión Social, Sub-Programa: 0116, Sistemas de Pensiones, con cargo a la naturaleza del gasto 2,2, Pensiones y Otras Prestaciones Sociales Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Presupuesto de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura.

ARTICULO 3°.- Regístrese y Comuníquese a Doña Yolanda Haydee Montero de Ramírez, a Inspección y Fiscalización de la Oficina de Normalización Previsional para efecto de fiscalización y a la Oficina Técnica Administrativa de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo para su conocimiento y cumplimiento y a los demás estamentos administrativos.

Hágase Saber.-

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Regional

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