Resolución Sub Directoral N.° 044-2021-SDIT
Sub Dirección de Inspección al Trabajo
4 de octubre de 2021
SE RESUELVE:
Artículo 1° -MULTAR a POLICLINICO GALENOS S.R.L, con RUC N° 20102636113, domicilio en AV. Guillermo lrazola N° 580 Urb. Miraflores- Castilla-PIURA; por infracción a la labor inspectiva, con el monto de S/954.50 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 50/100 soles).
Articulo 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, de ser el caso, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional Piura Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo-El Chipe-Piura, dentro del tercer día de notificado la presente, bajo el apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago.
Articulo 3°.- Notificar con la presente Resolución al Administrado POLICLINICO GALENOS S.R.L y al denunciante de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45 de la Ley N° 29783 concordante con lo establecido en el inciso 6) del articulo 253° del D.S. N° 019-2006-TR. Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
Artículo 1° -MULTAR a POLICLINICO GALENOS S.R.L, con RUC N° 20102636113, domicilio en AV. Guillermo lrazola N° 580 Urb. Miraflores- Castilla-PIURA; por infracción a la labor inspectiva, con el monto de S/954.50 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 50/100 soles).
Articulo 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, de ser el caso, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional Piura Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo-El Chipe-Piura, dentro del tercer día de notificado la presente, bajo el apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago.
Articulo 3°.- Notificar con la presente Resolución al Administrado POLICLINICO GALENOS S.R.L y al denunciante de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45 de la Ley N° 29783 concordante con lo establecido en el inciso 6) del articulo 253° del D.S. N° 019-2006-TR. Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Subdirección de Inspección del Trabajo