Resolución Sub Directoral N.° 013-2021-SDIT
Sub Dirección de Inspección al Trabajo
24 de mayo de 2021
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- DESESTIMAR la sanción por infracción a normas de orden socio laboral y por infracción a la labor inspectiva contenida en el acta de infracción N° 020-2018 a nombre de: CLINICA MONTEBELLO E.I.R.L con RUC N° 20529946679, domicilio en AVENIDA GRAU (ESQ. AV. BAYOVAR) N° 1202.SECHURA-SECHURA-PIURA.
Articulo 2°.- Notificar con la presente Resolución aCLINICA MONTEBELLO E.I.R.L. y al denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45 de la Ley N° 28806, concordante con lo establecido en el Articulo 53° numeral 53.3 literal d) del D.S. N° 016-2017-TR.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
Artículo 1°.- DESESTIMAR la sanción por infracción a normas de orden socio laboral y por infracción a la labor inspectiva contenida en el acta de infracción N° 020-2018 a nombre de: CLINICA MONTEBELLO E.I.R.L con RUC N° 20529946679, domicilio en AVENIDA GRAU (ESQ. AV. BAYOVAR) N° 1202.SECHURA-SECHURA-PIURA.
Articulo 2°.- Notificar con la presente Resolución aCLINICA MONTEBELLO E.I.R.L. y al denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45 de la Ley N° 28806, concordante con lo establecido en el Articulo 53° numeral 53.3 literal d) del D.S. N° 016-2017-TR.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Subdirección de Inspección del Trabajo