Resolución Sub Directoral N.° 006-2021-SDIT
Sub Dirección de Inspección al Trabajo
13 de abril de 2021
SE RESUELVE:
Artículo 1º- DESESTIMAR la sanción propuesta en el Acta de Infracción N° 072-2018 e Informe Final e Instrucción N° 006-2021-DRTPE-PIURA-DIT-SDIT-OI a nombre de ASOCIACION DE ARTESANOS CATACAOS, con RUC N° 20178190971, DOMICILIO FISCAL EN CALLE COMERCIO N° 400 CATACAOS-PIURA. En consecuencia, archívese los autos en el modo y forma de Ley.
Articulo 2°.- Notificar con la presente Resolución al Administrado ASOCIACION DE ARTESANOS CATACAOSy al denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45 de la Ley N° 28806, concordante con lo establecido en el Articulo 53° numeral 53.3 literal d) del D.S. N° 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
Artículo 1º- DESESTIMAR la sanción propuesta en el Acta de Infracción N° 072-2018 e Informe Final e Instrucción N° 006-2021-DRTPE-PIURA-DIT-SDIT-OI a nombre de ASOCIACION DE ARTESANOS CATACAOS, con RUC N° 20178190971, DOMICILIO FISCAL EN CALLE COMERCIO N° 400 CATACAOS-PIURA. En consecuencia, archívese los autos en el modo y forma de Ley.
Articulo 2°.- Notificar con la presente Resolución al Administrado ASOCIACION DE ARTESANOS CATACAOSy al denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45 de la Ley N° 28806, concordante con lo establecido en el Articulo 53° numeral 53.3 literal d) del D.S. N° 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Subdirección de Inspección del Trabajo