Resolución Sub Directoral N.° 017-2020-SDIT
Sub Dirección de Inspección al Trabajo
30 de diciembre de 2020
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- MULTAR al Administrado ENERGIA Y ORGANIZACION DE SISTEMAS S.A., con RUC N° 20281244222, con domicilio en Av. Los Diamantes F1 Lote 1 Urb. Belfo Horizonte-Piura, por incurrir en infracción a la labor inspectiva (Inasistencia a dos diligencias de comparecencia}, con el monto de S/. 1,822.50 (MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS Y 50/100 SOLES).
Articulo 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, de ser el caso, deberá ser abonado en la Ventanilla de Caja del Gobierno Regional Piura Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo-El Chipe-Piura, dentro del tercer día de notificada la presente, bajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago.
Articulo 3°.- Notificar con la presente Resolución al Administrado ENERGIA Y ORGANIZACION DE SISTEMAS S.A.y al denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45 de la Ley N° 29783, concordante con lo establecido en el inciso 6) del Articulo 253° del D.S. N° 016-2017-TR.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
Artículo 1°.- MULTAR al Administrado ENERGIA Y ORGANIZACION DE SISTEMAS S.A., con RUC N° 20281244222, con domicilio en Av. Los Diamantes F1 Lote 1 Urb. Belfo Horizonte-Piura, por incurrir en infracción a la labor inspectiva (Inasistencia a dos diligencias de comparecencia}, con el monto de S/. 1,822.50 (MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS Y 50/100 SOLES).
Articulo 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, de ser el caso, deberá ser abonado en la Ventanilla de Caja del Gobierno Regional Piura Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo-El Chipe-Piura, dentro del tercer día de notificada la presente, bajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago.
Articulo 3°.- Notificar con la presente Resolución al Administrado ENERGIA Y ORGANIZACION DE SISTEMAS S.A.y al denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45 de la Ley N° 29783, concordante con lo establecido en el inciso 6) del Articulo 253° del D.S. N° 016-2017-TR.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Subdirección de Inspección del Trabajo