Resolución Sub Directoral N.° 076-2019-SDIT
Sub Dirección de Inspección al Trabajo
27 de diciembre de 2019
SE RESUELVE:
ARTICULO 1°.- declarar IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO CEVATUR PERU, contra la Resolución Subdirectoral N° 072-2019-DRTPE-PIURA-DIT-SDIT, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
ARTICULO 2°.- Notificar con la presente Resolución al Administrado INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO CEVATUR PERU, de conformidad con los establecido en el literal f) del articulo 45° de la Ley N° 28806, concordante con lo establecido en el articulo 53°, numeral 53.3, literal d) del D.S. N° 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspeccione del Trabajo.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.-
ARTICULO 1°.- declarar IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO CEVATUR PERU, contra la Resolución Subdirectoral N° 072-2019-DRTPE-PIURA-DIT-SDIT, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
ARTICULO 2°.- Notificar con la presente Resolución al Administrado INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO CEVATUR PERU, de conformidad con los establecido en el literal f) del articulo 45° de la Ley N° 28806, concordante con lo establecido en el articulo 53°, numeral 53.3, literal d) del D.S. N° 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspeccione del Trabajo.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.-
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Subdirección de Inspección del Trabajo