Resolución Sub Directoral N.° 051-2019-SDIT
Sub Dirección de Inspección al Trabajo
5 de agosto de 2019
SE RESUELVE:
ARTICULO 1°.- MULTAR a SERVICIOS GENERALES KARMINSA EIRL, con RUC Nº 20526170734, domicilio en CALLE LIBERTAD N° 608 - PIURA - PIURA - CASTILLAA, por incurrir en infracción a la Labor Inspectiva ( Inasistencias a comparecencias de fechas: 05 y 31 de Octubre del 2017), con la suma de S/. 18,225.00 (DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS VEINTE Y CINCO Y 00/100 SOLES).
ARTICULO 2°- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, de ser el caso, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional Piura-Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo - El Chipe Piura - dentro del tercer de notificada la presente, bajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la Resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago
ARTICULO 3°- Notificar con la presente Resolución al Administrado SERVICIOS GENERALES KARMINSA EIRLy a ladenunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del Articulo 45° de la Ley N° 28806, concordante con lo establecido en el articulo 53 numeral 53.3 literal d) del D.S, N° 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
ARTICULO 1°.- MULTAR a SERVICIOS GENERALES KARMINSA EIRL, con RUC Nº 20526170734, domicilio en CALLE LIBERTAD N° 608 - PIURA - PIURA - CASTILLAA, por incurrir en infracción a la Labor Inspectiva ( Inasistencias a comparecencias de fechas: 05 y 31 de Octubre del 2017), con la suma de S/. 18,225.00 (DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS VEINTE Y CINCO Y 00/100 SOLES).
ARTICULO 2°- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, de ser el caso, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional Piura-Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo - El Chipe Piura - dentro del tercer de notificada la presente, bajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la Resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago
ARTICULO 3°- Notificar con la presente Resolución al Administrado SERVICIOS GENERALES KARMINSA EIRLy a ladenunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del Articulo 45° de la Ley N° 28806, concordante con lo establecido en el articulo 53 numeral 53.3 literal d) del D.S, N° 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Subdirección de Inspección del Trabajo