Resolución Sub Directoral N.° 049-2019-SDIT
Sub Dirección de Inspección al Trabajo
23 de julio de 2019
SE RESUELVE:
ARTICULO 1°.- MULTAR a ORDINOLA RAMIREZ TOMAS ENRIQUE, con RUC Nº 10026705784, domicilio en AV. BOLOGNESI N° 657 (2DO PISO OFICINA 202 - PIURA - PIURA, por incurrir en infracciónes de Orden socio Laboral, con el monto de S/. 1,518.75 (UN MIL QUINIENTOS DIECIOCHO Y 75/100 SOLES).
ARTICULO 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, de ser el caso, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional Piura-Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo - El Chipe Piura - dentro del tercer de notificada la presente, bajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la Resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago
ARTICULO 3°.- Notificar con la presente Resolución al Administrado ORDINOLA RAMIREZ TOMAS ENRIQUE y a ladenunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del Articulo 45° de la Ley N° 28806, concordante con lo establecido en el articulo 53° numeral 53.3 literal d) del D.S, N° 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
ARTICULO 1°.- MULTAR a ORDINOLA RAMIREZ TOMAS ENRIQUE, con RUC Nº 10026705784, domicilio en AV. BOLOGNESI N° 657 (2DO PISO OFICINA 202 - PIURA - PIURA, por incurrir en infracciónes de Orden socio Laboral, con el monto de S/. 1,518.75 (UN MIL QUINIENTOS DIECIOCHO Y 75/100 SOLES).
ARTICULO 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, de ser el caso, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional Piura-Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo - El Chipe Piura - dentro del tercer de notificada la presente, bajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la Resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago
ARTICULO 3°.- Notificar con la presente Resolución al Administrado ORDINOLA RAMIREZ TOMAS ENRIQUE y a ladenunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del Articulo 45° de la Ley N° 28806, concordante con lo establecido en el articulo 53° numeral 53.3 literal d) del D.S, N° 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Subdirección de Inspección del Trabajo