Resolución Sub Directoral N.° 044-2019-SDIT
Sub Dirección de Inspección al Trabajo
8 de julio de 2019
SE RESUELVE:
ARTICULO 1°.- MULTAR a PALACIOS ELERA GABY EMPERATRIZ, con RUC Nº 10026424581, domicilio fiscal en AV. GRAU NRO. 2202 URB. LAS MERCEDES - PIURA -PIURA -PIURA y domicilio procesal en CALLE LIMA Nº 202-PIURA, por incurrir en infracción a la labor inspectiva, (Inasistencias a comparecencias de fechas 11 y 19 de diciembre de 2017), con la suma de S/. 1,863.00 (MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES).
ARTICULO 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional de Piura en Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo - el Chipe - Piura, dentro del tercer día de notificada la presente, abajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago.
ARTICULO 3°.- Notificar con la presente Resolución al administrado PALACIOS ELERA GABY EMPERATRIZy a la denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45° de la Ley N° 28806, concordante con lo establecido en el articulo 53°, numeral 53.3, literal d) del D.S. N° 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.-
ARTICULO 1°.- MULTAR a PALACIOS ELERA GABY EMPERATRIZ, con RUC Nº 10026424581, domicilio fiscal en AV. GRAU NRO. 2202 URB. LAS MERCEDES - PIURA -PIURA -PIURA y domicilio procesal en CALLE LIMA Nº 202-PIURA, por incurrir en infracción a la labor inspectiva, (Inasistencias a comparecencias de fechas 11 y 19 de diciembre de 2017), con la suma de S/. 1,863.00 (MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES).
ARTICULO 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional de Piura en Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo - el Chipe - Piura, dentro del tercer día de notificada la presente, abajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago.
ARTICULO 3°.- Notificar con la presente Resolución al administrado PALACIOS ELERA GABY EMPERATRIZy a la denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45° de la Ley N° 28806, concordante con lo establecido en el articulo 53°, numeral 53.3, literal d) del D.S. N° 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.-
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Subdirección de Inspección del Trabajo