Resolución Sub Directoral N.° 045-2019-SDIT
Sub Dirección de Inspección al Trabajo
8 de julio de 2019
SE RESUELVE:
ARTICULO 1°.- MULTAR a CEGNE JUAN PABLO II, con RUC Nº 20316526340,con domicilio en CALLE AYACUCHO Nº 606 - PIURA -PIURA -CASTILLA, por incurrir en infracción a la labor inspectiva, (02 Inasistencias a diligencia de comparecencia), con la suma de S/. 18,225.00 (DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS CENTICINCO Y 00/100 SOLES).
ARTICULO 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional de Piura en Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo - el Chipe - Piura, dentro del tercer día de notificada la presente, abajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago.
ARTICULO 3°.- Notificar con la presente Resolución al administrado CEGNE JUAN PABLO IIy al denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45° de la Ley N° 29783, concordante con lo establecido en el inciso 6) del articulo 253° del D.S. N° 016-2017-TR.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.-
ARTICULO 1°.- MULTAR a CEGNE JUAN PABLO II, con RUC Nº 20316526340,con domicilio en CALLE AYACUCHO Nº 606 - PIURA -PIURA -CASTILLA, por incurrir en infracción a la labor inspectiva, (02 Inasistencias a diligencia de comparecencia), con la suma de S/. 18,225.00 (DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS CENTICINCO Y 00/100 SOLES).
ARTICULO 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional de Piura en Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo - el Chipe - Piura, dentro del tercer día de notificada la presente, abajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago.
ARTICULO 3°.- Notificar con la presente Resolución al administrado CEGNE JUAN PABLO IIy al denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45° de la Ley N° 29783, concordante con lo establecido en el inciso 6) del articulo 253° del D.S. N° 016-2017-TR.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.-
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Subdirección de Inspección del Trabajo