Resolución Sub Directoral N.° 086-2018-SDIT
Sub Dirección de Inspección al Trabajo
26 de diciembre de 2018
SE RESUELVE:
ARTICULO 1°.- MULTAR a GRUPO DON PARCE S.A.C., por incurrir en infracción a la labor inspectiva, Inasistencia a una (01) diligencia de constatación de despido de fecha 12 de abril de 2017; por la suma de S/ 931.50 (NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON 50/100 SOLES).
ARTICULO 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional de Piura en Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo - el Chipe - Piura, dentro del tercer día de notificada la presente, abajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago.
ARTICULO 3°.- Notificar con la presente Resolución a la Administrada GRUPO DON PARCE S.A.C.y al denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45° de la Ley N° 29783, concordante con lo establecido en el inciso 6) del articulo 253° del D.S. N° 016-2017-TR.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE,.
ARTICULO 1°.- MULTAR a GRUPO DON PARCE S.A.C., por incurrir en infracción a la labor inspectiva, Inasistencia a una (01) diligencia de constatación de despido de fecha 12 de abril de 2017; por la suma de S/ 931.50 (NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON 50/100 SOLES).
ARTICULO 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional de Piura en Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo - el Chipe - Piura, dentro del tercer día de notificada la presente, abajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago.
ARTICULO 3°.- Notificar con la presente Resolución a la Administrada GRUPO DON PARCE S.A.C.y al denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45° de la Ley N° 29783, concordante con lo establecido en el inciso 6) del articulo 253° del D.S. N° 016-2017-TR.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE,.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Subdirección de Inspección del Trabajo