Resolución Sub Directoral N.° 010-2019-SDIT
Sub Dirección de Inspección al Trabajo
16 de enero de 2019
SE RESUELVE:
ARTICULO 1°.- MULTAR al administrado CASAS QUEVEDO - LA ESPAÑOLITA S.A.C., con RUC Nº 20530054625, domicilio fiscal en AV. PROGRESO N° 1615 SEC. CASTILLA - PIURA; por incurrir en infracciones de orden Sociolaboral (Gratificaciones, CST y vacaciones), con la suma de S/ 467.77 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 77/100 SOLES).
ARTICULO 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional de Piura en Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo - el Chipe - Piura, dentro del tercer día de notificada la presente, abajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago.
ARTICULO 3°.- Notificar con la presente Resolución a la Administrada CASAS QUEVEDO - LA ESPAÑOLITA S.A.C.y al denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45° de la Ley N° 29783, concordante con lo establecido en el inciso 6) del articulo 253° del D.S. N° 016-2017-TR.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE,.
ARTICULO 1°.- MULTAR al administrado CASAS QUEVEDO - LA ESPAÑOLITA S.A.C., con RUC Nº 20530054625, domicilio fiscal en AV. PROGRESO N° 1615 SEC. CASTILLA - PIURA; por incurrir en infracciones de orden Sociolaboral (Gratificaciones, CST y vacaciones), con la suma de S/ 467.77 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 77/100 SOLES).
ARTICULO 2°.- Disponer que el monto de la multa, mas los intereses de ley, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional de Piura en Av. San Ramon S/N Urb. San Eduardo - el Chipe - Piura, dentro del tercer día de notificada la presente, abajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá merito ejecutivo y pasara al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envió del original del respectivo comprobante de pago.
ARTICULO 3°.- Notificar con la presente Resolución a la Administrada CASAS QUEVEDO - LA ESPAÑOLITA S.A.C.y al denunciante, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 45° de la Ley N° 29783, concordante con lo establecido en el inciso 6) del articulo 253° del D.S. N° 016-2017-TR.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE,.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Subdirección de Inspección del Trabajo