Resolución Directoral Regional N.° 017-2021-SPL
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura
17 de setiembre de 2021
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE la nulidad planteada por empresa SLAKER Sociedad de Responsabilidad Limitada contra la Resolución Directoral N°263-2020-GRP-DRTPE-DPSC/SPLDU038-2020 de fecha 19 de junio de 2020.
ARTICULO CUARTO.- HACER DE CONOCIMIENTO que, tratándose de un acto emitido por instancia regional, cabe la interposición del recurso de revisión contra el mismo, conforme al numeral 7.6 del artículo 7º del Decreto Supremo N° 011-2020-TR, el cual se sujeta a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 001-96-TR.
ARTÍCULO QUINTO.- HACER DE CONOCIMIENTO a las partes comprendidas en la medida de suspensión perfecta de labores y a la empresa.-
Regístrese y notifíquese.-
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE la nulidad planteada por empresa SLAKER Sociedad de Responsabilidad Limitada contra la Resolución Directoral N°263-2020-GRP-DRTPE-DPSC/SPLDU038-2020 de fecha 19 de junio de 2020.
ARTICULO CUARTO.- HACER DE CONOCIMIENTO que, tratándose de un acto emitido por instancia regional, cabe la interposición del recurso de revisión contra el mismo, conforme al numeral 7.6 del artículo 7º del Decreto Supremo N° 011-2020-TR, el cual se sujeta a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 001-96-TR.
ARTÍCULO QUINTO.- HACER DE CONOCIMIENTO a las partes comprendidas en la medida de suspensión perfecta de labores y a la empresa.-
Regístrese y notifíquese.-
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales de Suspensión Perfecta de Labores en Segunda Instancia