Resolución Directoral Regional N.° 095-2020-DR-SPL
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura
20 de noviembre de 2020
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Directoral 956-2020-GRP-DRTPEDPSC/SPL DU038-2020 de fecha 09 de noviembre 2020, en consecuencia, REVOQUESE, en todos sus extremos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR la solicitud de la suspensión perfecta de labores de DOS (02) trabajadores presentada por: ENTRETENIMIENTOS MASARIS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, según se indica a continuación:
DEL 17 DE OCTUBRE DE 2020 AL 05 DE ENERO DE 2021 para:
FLOR ANABEL MARTINEZ QUISPE
FRANCISCO MICHAEL ANTON PAREDES
ARTÍCULO TERCERO.- HACER DE CONOCIMIENTO que, tratándose de un acto emitido por instancia regional, cabe la interposición del recurso de revisión contra el mismo, conforme al numeral 7.6 del artículo 7º del Decreto Supremo N°011-2020-TR, el cual se sujeta a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N°001-96-TR.
ARTÍCULO CUARTO.- HACER DE CONOCIMIENTO a las partes comprendidas en la medida de suspensión perfecta de labores la presente Resolución vía correo electrónico.
Regístrese y notifíquese.
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Directoral 956-2020-GRP-DRTPEDPSC/SPL DU038-2020 de fecha 09 de noviembre 2020, en consecuencia, REVOQUESE, en todos sus extremos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR la solicitud de la suspensión perfecta de labores de DOS (02) trabajadores presentada por: ENTRETENIMIENTOS MASARIS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, según se indica a continuación:
DEL 17 DE OCTUBRE DE 2020 AL 05 DE ENERO DE 2021 para:
FLOR ANABEL MARTINEZ QUISPE
FRANCISCO MICHAEL ANTON PAREDES
ARTÍCULO TERCERO.- HACER DE CONOCIMIENTO que, tratándose de un acto emitido por instancia regional, cabe la interposición del recurso de revisión contra el mismo, conforme al numeral 7.6 del artículo 7º del Decreto Supremo N°011-2020-TR, el cual se sujeta a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N°001-96-TR.
ARTÍCULO CUARTO.- HACER DE CONOCIMIENTO a las partes comprendidas en la medida de suspensión perfecta de labores la presente Resolución vía correo electrónico.
Regístrese y notifíquese.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales de Suspensión Perfecta de Labores en Segunda Instancia