Resolución Directoral Regional N.° 042-2020-DR-SPL2
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura
30 de julio de 2020
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa MARA SLOT S.A.C con RUC N° 20601500451, contra la RESOLUCION DIRECTORAL Nº 610-2020-GRP-DRTPE-DPSC/SPL-DU038-2020 de fecha 27 de julio de 2020, en consecuencia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DESAPROBAR la solicitud de la suspensión perfecta de labores de DIECISIETE (17) trabajadores presentada por la empresa MARA SLOT S.A.C., según se indica a continuación:
DEL 16 DE ABRIL AL 31 DE MAYO DE 2020 para:
JESUS MANUEL ALBINES FARFAN
LIZETH KATHERINE ARTEAGA CALDERON
CARLOS ALBERTO BACA TEJERO
LUZ PAOLA BONILLA PEREZ
JESSICA PAOLA CASTILLO ORDINOLA
DEMIAN COLUMBUS ALAYO
ISIDRO ESPINOZA CHIROQUE
CESAR ARTURO GUZMAN FLORES
GIANNI MELGAR IBAÑEZ
BRUCE ELVIS NAVARRO SUAREZ
JOANNE SOFY NEGRON VIZUETA
VIVIANA KATHERINE OLIVRY CASTILLO
MARILYN OROSCO CHAVEZ
HAROLD PABLO URBINA LEZCANO
MIGUEL ANGEL VARILLAS IBAÑEZ
SANDRA MARIBEL VILCA CORONADO
STEPHANIE ANGELLY MENDEZ RODRIGUEZ
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER el pago de las remuneraciones de los trabajadores afectados con la medida por el tiempo de suspensión transcurrido y la inmediata reanudación de labores cuando corresponda, considerándose como trabajo efectivo para todo efecto legal el periodo dejado de laborar, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.4 del artículo 3º del Decreto de Urgencia N°038-2020.
ARTICULO CUARTO.- HACER DE CONOCIMIENTO que, tratándose de un acto emitido por instancia regional, cabe la interposición del recurso de revisión contra el mismo, conforme al numeral 7.6 del artículo 7º del Decreto Supremo N°011-2020-TR, el cual se sujeta a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 001-96-TR., recurso que deberá ser presentado a través de la plataforma virtual del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
ARTÍCULO QUINTO.- HACER DE CONOCIMIENTO a las partes comprendidas en la medida de suspensión perfecta de labores la presente Resolución vía correo electrónico. Regístrese y notifíquese. -TRA
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa MARA SLOT S.A.C con RUC N° 20601500451, contra la RESOLUCION DIRECTORAL Nº 610-2020-GRP-DRTPE-DPSC/SPL-DU038-2020 de fecha 27 de julio de 2020, en consecuencia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DESAPROBAR la solicitud de la suspensión perfecta de labores de DIECISIETE (17) trabajadores presentada por la empresa MARA SLOT S.A.C., según se indica a continuación:
DEL 16 DE ABRIL AL 31 DE MAYO DE 2020 para:
JESUS MANUEL ALBINES FARFAN
LIZETH KATHERINE ARTEAGA CALDERON
CARLOS ALBERTO BACA TEJERO
LUZ PAOLA BONILLA PEREZ
JESSICA PAOLA CASTILLO ORDINOLA
DEMIAN COLUMBUS ALAYO
ISIDRO ESPINOZA CHIROQUE
CESAR ARTURO GUZMAN FLORES
GIANNI MELGAR IBAÑEZ
BRUCE ELVIS NAVARRO SUAREZ
JOANNE SOFY NEGRON VIZUETA
VIVIANA KATHERINE OLIVRY CASTILLO
MARILYN OROSCO CHAVEZ
HAROLD PABLO URBINA LEZCANO
MIGUEL ANGEL VARILLAS IBAÑEZ
SANDRA MARIBEL VILCA CORONADO
STEPHANIE ANGELLY MENDEZ RODRIGUEZ
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER el pago de las remuneraciones de los trabajadores afectados con la medida por el tiempo de suspensión transcurrido y la inmediata reanudación de labores cuando corresponda, considerándose como trabajo efectivo para todo efecto legal el periodo dejado de laborar, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.4 del artículo 3º del Decreto de Urgencia N°038-2020.
ARTICULO CUARTO.- HACER DE CONOCIMIENTO que, tratándose de un acto emitido por instancia regional, cabe la interposición del recurso de revisión contra el mismo, conforme al numeral 7.6 del artículo 7º del Decreto Supremo N°011-2020-TR, el cual se sujeta a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 001-96-TR., recurso que deberá ser presentado a través de la plataforma virtual del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
ARTÍCULO QUINTO.- HACER DE CONOCIMIENTO a las partes comprendidas en la medida de suspensión perfecta de labores la presente Resolución vía correo electrónico. Regístrese y notifíquese. -TRA
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales de Suspensión Perfecta de Labores en Segunda Instancia