Resolución Directoral Regional N.° 016-2020-SPL2

3 de julio de 2020

SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por VASQUEZ DE HUARIPATA DORA ZULEMA contra: RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°278-2020-GRP-DRTPE-DPSC/SPLDU038-2020, en consecuencia:ARTICULO SEGUNDO. - DESAPROBAR la solicitud de la suspensión perfecta de labores de CINCO (05) trabajadores presentada por la empresa VASQUEZ DE HUARIPATA DORA ZULEMA, según se indica a continuación:DEL 01 DE MAYO AL 16 DE MAYO DE 2020 para:- DEL ROSARIO CARRION KARINA RAQUEL- HUARIPATA VASQUEZ DEYANIRA ISABEL- TINEO TINEO OJILDA- HUARIPATA VASQUEZ VICTOR ALFREDO- HUARIPATA VASQUEZ LORENA DE JESUSARTÍCULO TERCERO. - DISPONER el pago de las remuneraciones de los trabajadores afectados con la medida por el tiempo de suspensión transcurrido y la inmediata reanudación de labores cuando corresponda, considerándose como trabajo efectivo para todo efecto legal el periodo dejado de laborar, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.4 del artículo 3º del Decreto de Urgencia N° 038-2020.ARTICULO CUARTO.- HACER DE CONOCIMIENTO que, tratándose de un acto emitido por instancia regional, cabe la interposición del recurso de revisión contra el mismo, conforme al numeral 7.6 del artículo 7º del Decreto Supremo N° 011-2020-TR, el cual se sujeta a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 001-96-TR, cuyo tramite se sujeta a lo señalado en el Decreto Supremo N°017-2012-TR.- Determinan dependencia que tramitarán y resolverán las solicitudes y reclamaciones que se inicien ante las Autoridades Administrativas de Trabajo.ARTÍCULO QUINTO.- HACER DE CONOCIMIENTO a las partes comprendidas en la medida de suspensión perfecta de labores la presente Resolución vía correo electrónico. Regístrese y notifíquese. -

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales de Suspensión Perfecta de Labores en Segunda Instancia

Vista preliminar de documento Suspensión Perfecta de Labores 2da instancia N° 00016-2020

Suspensión Perfecta de Labores 2da instancia N° 00016-2020

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