Resolución Directoral Regional N.° 026-2020-DR-SPL2

Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura

16 de julio de 2020

SE RESUELVE:

ARTICULO PRMERO.- DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa RAKK SAC contra la Resolución Directoral N°317-2020-GRP-DRTPS-DPSC de fecha 24 de junio de 2020; REVOQUESE, en consecuencia se dispone:

ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR la solicitud de la suspensión perfecta de labores de UN (01) trabajador presentada por la empresa RAKK S.A.C, según se indica a continuación:

DEL 08 DE MAYO AL 30 DE JUNIO DE 2020 para:

RUIZ LIJAP LUIS ALBERTO

ARTÍCULO TERCERO.- HACER DE CONOCIMIENTO que, tratándose de un acto emitido por instancia regional, cabe la interposición del recurso de revisión contra el mismo, conforme al numeral 7.6 del artículo 7º del Decreto Supremo N° 011-2020-TR, el cual se sujeta a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 001-96-TR. Recurso que deberá ser presentado a través de la plataforma virtual.

ARTÍCULO CUARTO.- HACER DE CONOCIMIENTO a las partes comprendidas en la medida de suspensión perfecta de labores la presente Resolución vía correo electrónico. Regístrese y notifíquese.-

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales de Suspensión Perfecta de Labores en Segunda Instancia

Vista preliminar de documento Suspensión Perfecta de Labores 2da instancia N° 00026-2020

Suspensión Perfecta de Labores 2da instancia N° 00026-2020

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