Resolución Directoral N.° 017-2021-SPL

Dirección de Prevención y Solución de Conflictos

22 de febrero de 2021

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- DESAPROBAR
la solicitud de la suspensión perfecta de labores de UNA (01) trabajadora presentada por: SERVICIOS GENERALES TURISMO PERU E.I.R.L., según se indica a continuación:

          NOMBRES Y APELLIDOS                      FECHA DE INICIO                  FECHA DE FIN
KARLA STEPFANY BARRETO TRELLES            27/01/2021                           31/03/2021


ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER el pago de las remuneraciones de la trabajadora afectada con la medida por el tiempo de suspensión transcurrido y la inmediata reanudación de labores, considerándose como trabajo efectivo para todo efecto legal el periodo dejado de laborar, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.4 del artículo 3º del Decreto de Urgencia N° 038-2020.

ARTICULO TERCERO.- HACER DE CONOCIMIENTO que, tratándose de un acto emitido por instancia regional, cabe la interposición del recurso de reconsideración y/o apelación contra el mismo, conforme al numeral 7.6 del artículo 7º del Decreto Supremo N° 011-2020-TR, el cual se sujeta a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 001-96-TR.

ARTÍCULO CUARTO.- HACER DE CONOCIMIENTO a las partes comprendidas en la medida de suspensión perfecta de labores la presente Resolución vía correo electrónico.

Regístrese y notifíquese.-

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales de Suspensión Perfecta de Labores en Primera Instancia

Documentos

Vista preliminar de documento RESOLUCION DIRECTORAL Nº 017-2021-GRP-DRTPE-DPSC-SPL-EXPEDIENTE Nº 052184-2021.pdf

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 017-2021-GRP-DRTPE-DPSC-SPL-EXPEDIENTE Nº 052184-2021.pdf

PDF
1.1 MB