Resolución Directoral N.° 00925-2020-SPL

12 de octubre de 2020

SE RESUELVE:ARTÍCULO PRIMERO.- DESAPROBAR la solicitud de la suspensión perfecta de labores de SEIS (06) trabajadores presentada por la empresa DIVING DEL PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, según se indica a continuación:DEL 19 DE SETIEMBRE AL 31 DE DICIEMBRE  DE 2020 para:RICARDO ANTONIO MORA BUSTAMANTEGASPAR AUGUSTO ESPINOZA ECHEMARIO RAMOS AGUIRREPEDRO ELIAS REYES HENCKELLTEODORO TIMANA CHAVEZGONZALO EDILFREDO VALDIVIEZO LOPEZARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER el pago de las remuneraciones de los trabajadores afectados  con la medida por el tiempo de suspensión transcurrido y la inmediata reanudación de labores, considerándose como trabajo efectivo para todo efecto legal el periodo dejado de laborar, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.4 del artículo 3º del Decreto de Urgencia N° 038-2020.ARTICULO TERCERO.- HACER DE CONOCIMIENTO que, tratándose de un acto emitido por instancia regional, cabe la interposición del recurso de reconsideración y/o apelación contra el mismo, conforme al numeral 7.6 del artículo 7º del Decreto Supremo N° 011-2020-TR, el cual se sujeta a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 001-96-TR.ARTÍCULO CUARTO.- HACER DE CONOCIMIENTO a las partes comprendidas en la medida de suspensión perfecta de labores la presente Resolución vía correo electrónico.Regístrese y notifíquese.-

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales de Suspensión Perfecta de Labores en Primera Instancia

Vista preliminar de documento Suspensión Perfecta de Labores N° 00925-2020

Suspensión Perfecta de Labores N° 00925-2020

PDF
3.1 MB