Resolución Directoral N.° 011-2021-DPSC
Dirección de Prevención y Solución de Conflictos
29 de noviembre de 2021
SE RESUELVE.-
ARTICULO PRIMERO.- DESAPROBAR la solicitud de suspensión perfecta de labores de un (01) trabajador presentada por la empresa INDUSTRIAL PERU DESCENTRALIZADO S.A.C. con RUC N° 20502868439, según se indica a continuación:
Del 04 de Octubre del 2021 al 02 de Enero del 2022 para:
MAX ALEX ANTON LORO
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER el pago de las remuneraciones del trabajador afectado con la medida por el tiempo de suspensión transcurrido y la inmediata reanudación de labores, considerándose como trabajo efectivo para todo efecto legar el periodo dejado de laboral.
ARTICULO TERCERO.- HACER DE CONOCIMIENTO, que tratándose de un acto emitido por instancia regional, cabe la interposición del recurso de apelación contra el mismo, conforme a lo dispuesto en el articulo 25° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 001-9-TR.
ARTICULO CUARTO.- HACER DE CONOCIMIENTO a las partes comprendidas en la mediada de suspensión perfecta de labores la presente Resolución.
Regístrese y Notifíquese.-
ARTICULO PRIMERO.- DESAPROBAR la solicitud de suspensión perfecta de labores de un (01) trabajador presentada por la empresa INDUSTRIAL PERU DESCENTRALIZADO S.A.C. con RUC N° 20502868439, según se indica a continuación:
Del 04 de Octubre del 2021 al 02 de Enero del 2022 para:
MAX ALEX ANTON LORO
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER el pago de las remuneraciones del trabajador afectado con la medida por el tiempo de suspensión transcurrido y la inmediata reanudación de labores, considerándose como trabajo efectivo para todo efecto legar el periodo dejado de laboral.
ARTICULO TERCERO.- HACER DE CONOCIMIENTO, que tratándose de un acto emitido por instancia regional, cabe la interposición del recurso de apelación contra el mismo, conforme a lo dispuesto en el articulo 25° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 001-9-TR.
ARTICULO CUARTO.- HACER DE CONOCIMIENTO a las partes comprendidas en la mediada de suspensión perfecta de labores la presente Resolución.
Regístrese y Notifíquese.-
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos