Resolución Directoral N.° 00262-2016-DPSC

27 de setiembre de 2016

Declárese INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Don Erick Alberto Candioti Rivas, mediante escrito de registro N° 4217 de fecha 17 de agosto de 2016. Consecuentemente CONFIRMESE la Resolución Zonal N° 086-2016-DRTPE-PIURA-SDNCIHSO del 19 de Julio de 2016, que multa al empleador: CONSORCIO CANRI. con RUC N° 20600729137, conformado por las empresas Candioti Group Sociedad Anónima Cerrada con RUC N° 20521055953, Hamarisu E.I.R.L., con RUC N° 20557103768 e Inesco Sucursal del Perú con RUC N° 20553062064, con el monto ascendente a la suma de S/ 59,250.00 (Cincuenta y nueve mil doscientos cincuenta con 00/100  Nuveos Soles), en mérito a los fundamentos expuestos en la presente resolución; y vuelvan los autos a la oficina de origen para sus fines, dándose por agotada la via administrativa, de acuerdo a lo establecido en el cuarto párrafo del artículo 41° de la Ley N° 28806, en virtud a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 012-2013-TR.HAGASE SABER.- Firmado en original Abog. Leslye Eduardo Zapata Gallo.- Director (e) de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos Laborales.- Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Piura.- Lo que notifico a Usted con arreglo a Ley.-

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos

Vista preliminar de documento Resoluciones Dirección de Prevención y Solución de Conflictos N° 00262-2016

Resoluciones Dirección de Prevención y Solución de Conflictos N° 00262-2016

PDF
329.9 KB