Resolución Directoral N.° 00317-2016-DPSC

28 de noviembre de 2016

Declárese FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por don Martín Gerardo Alberdi Velásquez, mediante escrito de registro N° 21936 de fecha 20 de octubre de 2016, solo en el extremo de dejar sin efecto la infracción referida a no contar con el registro de control de asistencia. consecuentemente CONFIRMESE en los demás extremos que contiene la Resolución Sub Directoral N° 143-2016-DRTPE-PIURA-SDNCIHSO del 10 de junio del 2016 , que multa al empleador SOLUCIONES DE RIEGO S.R.L., con RUC N° 20526015844, adecuándose y regulándose el monto de la multa a la suma de S/. 9,028.25 (Nueve mil veintiocho y  25/100 Nuevos Soles), en mérito a los fundamentos expuestos en la presente resolución; y, vuelvan los autos a la oficina de origen para sus fines, dándose por agotada la vía administrativa, de acuerdo a lo establecido en el cuarto párrafo de artículo 41° de la Ley N° 28806, en virtud a lo establecido en la Segunda Dispocisión Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 012-2013-TR.HAGASE SABER.- Firmado en original Abog. Leslye Eduardo Zapata Gallo.- Director (e) de la dirección de Prevención y Solución de Conflictos Laborales.- Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Piura.- Lo que notifico a Usted con arreglo a Ley.-

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos

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