Resolución Directoral N.° 00297-2016-DPSC

10 de noviembre de 2016

DECLARESE IMPROCEDENTE la solicitud presentada con fecha 18 de abril de 2016 por la empresa OBRAS Y SERVICIOS PETROLEROS S.A.C. con RUC N° 20508242680 sobre suspensión temporal perfecta de labores por fuerza mayor para los trabajadores:1.-CABANILLAS TAVARA ALEX LARRE 2.-CORTEZ ECHE ALEJANDRO 3.-CUCHICHO DURAND ROBERTO,4.-DEL ROSARIO PRIETO JOSE LEONARDO, 5.-FERNANDEZ ARISMENDIZ JUAN JOSE,6.-MACALUPU HUERTAS JACOB JUNIOR,7.-MASIAS ALBANJUAN CARLOS,8.-MENA CASTILLO RICARDO,9.-MORAN CHECA PEDRO,10.-SULLON ALBINES JOSE, 11.-TIMANA CARRERA ISMAEL, 12.- TUME VICE JORGE, por no cumplirse el supuesto de hecho establecido en el artículo 15 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N°728, “Ley de Productividad y Competitividad Laboral”, aprobado mediante Decreto Supremo N°003-97-TR, en el presente caso.CONSIDERESE el periodo dejado de laborar por los trabajadores como de trabajo efectivo para todo efecto legal.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos

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Resoluciones Dirección de Prevención y Solución de Conflictos N° 00297-2016

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