Resolución Directoral N.° 00083-2016-DPSC

11 de marzo de 2016

SE RESUELVE:Declárese INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Jaime Manuel Palacios Castro, mediante escrito de registro N° 703 de fecha 03 de febrero de 2016. Consecuentemente CONFIRMESE la Resolución Zonal N° 099-2015-GRP-DRTPE-DPSC-ZTPES del 06 de noviembre de 2015; que multa al empleador: ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE BANANO ORGÁNICO HUANGALÁ, con RUC N° 20525804632 hoy denominada COOPERATIVA AGRARIA DE BANANEROS ORGÁNICOS HUANGALÁ, adecuándose y regulándose el monto de la multa al la suma de S/. 2,310.00 (Dos mil trescientos diez con 00/100 Nuevos Soles); en mérito a los fundamentos expuestos en la presente resolución; y, vuelvan los autos a la zona de origen para sus fines.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos

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Resoluciones Dirección de Prevención y Solución de Conflictos N° 00083-2016

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