Resolución Directoral N.° 00083-2010-DPSC
3 de junio de 2010
Declárese INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Edgardo Rosas Gonzaga Ramirez, mediante escrito de registro N° 2155 de fecha 24 de mayo del 2010; en consecuencia, CONFIRMESE lo resuelto por la Autoridad de Trabajo mediante Resolución Zonal N° 01-19-A-028-2010-DRTPE-PIURA-ZTPES del 30 de abril de 2010; que multa a: SUB CAFAE DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE SULLANA, con RUC N° 20483970260, con el monto ascendente a S/. 1,065.00 (un mil sesenta y cinco con 00/100 Nuevos Soles), en mérito a los fundamentos expuestos en la presente resolución; y, vuelvan los autos a la zona de origen para sus fines.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos