Resolución Directoral N.° 00057-2015-DPSC

24 de abril de 2015

Declarar INFUNDADO  el recurso  de apelación interpuesto por  don Poloibio Henan Velez Cabrera, mediante escrito de registro N° 1518 de fecha 31 de marzo de 2015. Consecuentemente CONFIRMESE la Resolución Zonal N° 019-2015-GRP-DRTPE-DPSC-ZTPES del 20 de Marzo  de 2015, que multa al empleador COOPERATIVA DE TRANSPORTES LOJA SUCURSAL , con RUC N° 20525316832, adecuándos y regulándose la sanción de multa de S/ 58,900.00 a  S/. 20,615.00, en merito  a los fundamentos expuestos; y, vuelvan  los autos a la zona de origen  para sus fines. HAGASE SABER.- Firmado en original Abog. Leslye Eduardo Zapata Gallo.- Director (e) de la Dirección de Prevención y solucioón de conflictos laborales Dirección Regional de Trabajo  Y Promoción del Empleo Piura.- Lo que notifico a usted con arreglo de la ley.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos

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Resoluciones Dirección de Prevención y Solución de Conflictos N° 00057-2015

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