Resolución Directoral N.° 00049-2011-DPSC
1 de julio de 2011
Declarese INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por doña DOLY NIÑO NIÑO, mediante registro N° 7754 de fecha 28 de abril de 2011.Consecuentemente CONFIRMESE la Resolución Subdirectorial N° 029-2011-DRTPE-PIURA-SDNCIHSO del 22 de marzo de 2011; que multa a la empleadora: DOLY MARIA NIÑO NIÑO, con RUC N° 10028918157,con el monto ascendente a S/. 1. 1,980.00 (Un mil novecientos ochenta con 00/100 Nuevos Soles), en mérito a los fundamentos expuestos en la presente resolución.Corrijase el error numérico en el Acta de Infracción de fecha 20 de diciembre del 2010; dice: "(..) numeral 46.10 del art.46° del D.S N° 019-2006-TR, (..)"; debe decir: "(...) numeral 46.6 del art.46° del D.S N° 019-2006-TR.Corrijase el error númerico incurrido en la Resolución Subdirectorial N° 029-2011-DRTPE-PIURA-SDNCIHSO del 22 de marzo de 2011; di ce "(..) en el art. 46 numeral 46.10 del D.S. N°019-2006-TR (...)" ; debe decir: "(..) en el art. 46 numeral 46.6 del D.S N° 019-2006-TR (..)", y , vuelvan los autos a la oficina de origen para sus fines. Dándose por agotada la instancia administrativa, dejándose a salvo el derecho a la recurrente de accionar ante la autoridad competente. HAGASE SABER.- Firmado en original Abog. Leslye Eduardo Zapata Gallo.- Director (e) de la Direccion de Prevención y Solución de Conflictos Laborales.- Direccion Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Piura.- Lo que notifico a usted con areglo a Ley.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos