Resolución Directoral N.° 00024-2011-DPSC
19 de junio de 2011
declararse INFUNDADO el recurso de apelacion interpúesto por doña MAXIMO ADELAIDA SOCORRO CHUNGA TEMOCHE mediante el registro N° 326 de fecha 28 de Enero de 2011; en consecuentemente, CONFIRMARSE la resulucion Zonal N° 01-19-B-091-2010-DRTPE-PIURA-ZTPEP del 17 de diciembre de 2010; que multa a la empresa DISTRIBUIDORA AVICOLA PAITA E.I.R.L., con RUC N° 20441383879, con el monto ascedente S/ 4,140.00 (Cuatro Mil ciento cuarenta con 00/100 Nuevos Soles ), adecuandose y regulandose a la suma de S/. 3,060.00 (Tres Mil sesenta con 00/100 Nuevos Soles ) en mérito a los fundamentos expuestos en la presente resolucion ; y vuelven los autos ala zona de origen para sus afines .Dándose por agotada la instancia administrativa , drejandose a salvo el derecho al la corruente de accionar ante la autoridad competente. HAGASE SABER.- Firmado en original Abog. Leslye Eduardo Zapata Gallo.- Director (e) de la direccion de prevencion y soluccion de conflitos laborales.- Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo Piura.- Lo que niotifico a Usted con arreglo a ley.-
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos