Resolución Directoral N.° 00022-2011-DPSC
19 de junio de 2011
REVOQUE DE OFICIO LA RESOLUCION Zonal N° 01-19-C-133-2010-DRTPE-PIURA-ZTPET del 04 de octubre de 2010; que declaró de oficio la nulidad de acta de infracion N° 091-2010 de fecha 06 de julio de 2010, dejando sin afecto legal la infraccion contenidas en dicha Acta; y, que adicional dispuso el archivos de autos y la apertura de nueva expédiente de Actuacion inspectativa de investigacionn, en merito a los fundamentos expuestos en la presente resolucion. REFORMANDOSE dispongase de conformidad con el inicio de) del articulo 45° de la ley N° 28806 "Ley General de inspeccion del Trabajo " se practíque de oficio las actuaciones y deiligencias necesarias para determinar la existencias de responsabilidad de sancion. Asi mismo los insectores deberan tener en cuenta la previsto en el articulo N° 51° del decreto supremo N° 9-2006-TR reglamento d la ley general la inspeccion del Trabajo " precisar la fecha de ingreso de cada uno de los trabajadores, indicandose donde se encuentra ubicado su centro de trabajo refiriendo el nombre o denominacion de la empresa a la cual ha sido destacado, asi como la actividad de la misma; adicionalmente a ellos deberan tenerse en cuenta el analisis correspondiente lo previsto en el articulo 44° del decreto supremo N° 1-2003-TR TUO de la ley de resoluciones colectiva de trabajo " ; y , y vuelven los autos a la oficina de origen para sus fines. dandose por agotada la instancia administrativa, dejándose a salvo los derechos de recurrente de accionar ante la autoridad competenté . HAGASE SABER.- Firmado en original Abog. Leslye Eduardo Zapata Gallo.- Director (e) de la direccion de prevencion y soluccion de conflitos laborales.- Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo Piura.- Lo que niotifico a Usted con arreglo a ley.-
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos