Resolución Directoral N.° 00158-2009-DPSC
18 de junio de 2009
Declarar de oficio nulo todo lo actuado en el presente procedimiento a partir de fojas ocho(08) en adelante, inclusive nula la resolucion zonal N° 01-19-12-043-2009-DRTPE-PIURA-DPSC-SDRGPDGAT-AC de fecha 20 de octubre de 2009; y disponer vuelvan los autos a la oficina de origen a efecto que se proceda a señalar nueva fecha y hora para la diligencia de conciliacion que ha dado origen la presente procedimiento, la misma que debera tramitarse con estricta sujecion a lo establecido en la ley de la materia, bajo responsabilidad; asimismo, debera dar cuenta a la Oficina Tecnica Administrativa de lo resuelto en la prsente para conocimiento y fines de ley.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos