Resolución Directoral N.° 00012-2012-DPSC
16 de febrero de 2012
De oficio déjese sin efecto las infracciones referidas a los trabajadores señores José Francisco Cárcamo Sojo, Wilder Villegas Lazo, Luis Felipe Espinoza Mendoza, Luicio Alberto Córdova García, Antonio Gallo Arraiza y Carlos Atoche Castillo. Así mismo, declárese INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por doña Mercedes Milagros Ramírez Chávez y don Walter Saldaña García, mediante registro Nº 343 del 27 de enero del 2012; en consecuencia, CONFIRMESE en sus demás extremos la Resolución Zonal Nº005-2012-DRTPE-ZTPEP del 17 de enero del 2012, regulándose y adecuándose el monto de la multa de S/.17,280.00 (Diecisiete mil docientos ochenta con 00/100 Nuevos Soles) a S/. 4,360.00 8 Cuatro mil trescientos sesenta con 00/100 Nuevos Soles), en mérito a los fundamentos expuestos en la presente resolución; y, vuelvan los autos a la zona de origen para sus fines. Dándose por agotada la instancia administrativa, dejándose a salvo el derecho de la recurrente de accionar ante la autoridad competente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos