Resolución Directoral N.° 00029-2013-DPSC

3 de abril de 2013

Declárese INFUNDADO el recurso de Apelación interpuesto por don Carlos Alberto Benavides Calmet, mediante registro Nº 1009 de fecha 13 de febrero de 2013. Déjese de oficio sin efecto legal la sanción impuesta la sujeto inspeccionado por infracción a la Labor Inspectiva y  CONFIRMESE en los demás extremos que contiene lo resuelto por la Autoridad de trabajo mediante Resolución Zonal Nº 003-2013-GRP-DRTPE-DPSC-ZTPET del 18 de enero de 2013; en consecuencia regúlese la sanción de multa a: " IMI DEL PERU S.A.C.",con RUC Nº 120441766883, al monto ascendente a: S/36,317.50 ( Treinta y seis mil trescientos diecisiete  con 50/100 Nuevos Soles), en mérito a los fundamentos expuestos en la presente resolución; y, vuelvan los autos a la oficina de origen para sus fines. Así mismo, téngase por agotada la instancia administrativa y déjese a salvo el derecho del recurrente de accionar ante la autoridad competente.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos

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Resoluciones Dirección de Prevención y Solución de Conflictos N° 00029-2013

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