Resolución Directoral N.° 00107-2013-DPSC
16 de agosto de 2013
Declárese INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Jaime Félix López Padilla, mediante registro Nº 1596 de fecha 03 de junio de 2013, déjese sin efecto legal la sanción impuesta al sujeto inspeccionado por la infracción referida a la negativa del sujeto inspeccionado a recepcionar un requerimiento de comparecencia ocurrido el día 12 de diciembre de 2012 y CONFIRMESE en los demás extremos que contiene lo resuelto por la Autoridad de trabajo mediante Resolución Zonal Nº 033-2013-GRP-DRTPE-DPSC-ZTPEP del 01de marzo de 2013; en consecuencia,regúlese la sanción de multa a: "CONSTRUCTORA MAJAV S.A.C.", con RUC Nº 20426098548, con el monto ascendente a S/. 2,007.50( Dos mil siete con 50/100 Nuevos Soles), en mérito a los fundamentos expuestos en la presente resolución ; y , vuelvan los autos a la oficina de origen para sus fines. Así mismo, téngase por agotada la instancia administrativa y déjese a salvo el derecho del recurrente de accionar ante la autoridad competente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos