Resolución Directoral N.° 022-2021-DIT
Dirección de Inspección del Trabajo
4 de noviembre de 2021
SE RESUELVE:
CORREGIR DE OFICIO el error material advertido en el considerando número 11 y en la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 049-2019-GRP-DRTPE-DIT de fecha 31 de diciembre de 2019:
1.- DICE: " 11 que, conforme lo señala (..); por lo que, corresponde en este sentido declarar de oficio nula la Resolución Sub Directoral N° 070-2019-DRTPE-PIURA-DIT-SDIT de fecha 07 de Noviembre del 2018 y (...)"; DEBE DECIR: "11. Que conforme lo señala (...); por lo que, corresponde en este sentido declarar de oficio nula la Resolución Sub Directoral N° 070-2018-DRTPE-DIT-SDIT de fecha 07 de Noviembre de 2018 y (...);
2.- DICE: " SE RESUELVE: Declarar la NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Sub Directora N° 070-2019-DRTPE-PIURA-DIT-SDIT de fecha 07 de Noviembre de 2018 que multa a ENERGIA Y ORGANIZACION DE SISTEMAS S.A. con RUC N° 20281244222, en merito a los fundamentos expuestos en la presente Resolución; y, procédase a emitir nuevo pronunciamiento con arreglo a ley teniendo en cuenta los aspectos precisados en el considerando decimo de la presente. HAGASE SABER",
DEBE DECIR:"SE RESUELVE: Declarar la UNILIDAD DE OFICIO de la Resolución Sub Directoral N° 070-2018-DRTPE-PIURA-DIT-SDIT de fecha 07 de Noviembre de 2018 que multa a ENERGIA Y ORGANIZACION DE SISTEMAS S.A. con RUC N° 20281244222, en merito a los fundamentos expuestos en la presente Resolución; y, procédase a emitir nuevo pronunciamiento con arreglo a ley teniendo en cuenta los aspectos precisados en el considerando decimo de la presente. HAGASE SABER". Y devuélvase los autos a la oficina de origen para que prosiga con el tramite de acuerdo a su estado. HAGASE SABER.
CORREGIR DE OFICIO el error material advertido en el considerando número 11 y en la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 049-2019-GRP-DRTPE-DIT de fecha 31 de diciembre de 2019:
1.- DICE: " 11 que, conforme lo señala (..); por lo que, corresponde en este sentido declarar de oficio nula la Resolución Sub Directoral N° 070-2019-DRTPE-PIURA-DIT-SDIT de fecha 07 de Noviembre del 2018 y (...)"; DEBE DECIR: "11. Que conforme lo señala (...); por lo que, corresponde en este sentido declarar de oficio nula la Resolución Sub Directoral N° 070-2018-DRTPE-DIT-SDIT de fecha 07 de Noviembre de 2018 y (...);
2.- DICE: " SE RESUELVE: Declarar la NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Sub Directora N° 070-2019-DRTPE-PIURA-DIT-SDIT de fecha 07 de Noviembre de 2018 que multa a ENERGIA Y ORGANIZACION DE SISTEMAS S.A. con RUC N° 20281244222, en merito a los fundamentos expuestos en la presente Resolución; y, procédase a emitir nuevo pronunciamiento con arreglo a ley teniendo en cuenta los aspectos precisados en el considerando decimo de la presente. HAGASE SABER",
DEBE DECIR:"SE RESUELVE: Declarar la UNILIDAD DE OFICIO de la Resolución Sub Directoral N° 070-2018-DRTPE-PIURA-DIT-SDIT de fecha 07 de Noviembre de 2018 que multa a ENERGIA Y ORGANIZACION DE SISTEMAS S.A. con RUC N° 20281244222, en merito a los fundamentos expuestos en la presente Resolución; y, procédase a emitir nuevo pronunciamiento con arreglo a ley teniendo en cuenta los aspectos precisados en el considerando decimo de la presente. HAGASE SABER". Y devuélvase los autos a la oficina de origen para que prosiga con el tramite de acuerdo a su estado. HAGASE SABER.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Dirección de Inspección del Trabajo