Resolución Zonal N.° 017-2018-ZTPEP
Zona de trabajo y Promoción del Empleo de Paita
9 de noviembre de 2018
SE RESUELVE:
Artículo 1.- SANCIONAR a Sucesión JOSE IGNACIO MARTINEZ ANGULO, JUAN FRANCISCO MARTINEZ ANGULO, USULLA MILAGROS MARTINEZ ANGULO, LUCIANA MARTINEZ ANGULO Y TERESA ERLINDA ANGULO GALLO DE MARTINEZ y domicilio ubicado en CASERIO SANTA ROSA S/N - CIENEGUILLO SUR S/N - PAITA con una multa ascendente a S/. 7, 087.50 (Siete mil ochenta y siete con 50/100 soles) por haber incurrido en la infracción previstas en 1) D.S 004-2006-TR, D. S Nº 019-2006- TR modificado por D. S. N° 019-2017-TR y 012-2013-TR, art. 25°, numeral 25.19; por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que el monto de la multa, más los intereses de ley, de ser el caso, sean abonados en la cuenta corriente N° 631-103960 del Banco de la Nación - Región Piura, dentro del término de setenta y dos (72) horas de quedar consentida o confirmada la presente resolución.
Artículo 3.- Instar a Sucesión JOSE IGNACIO MARTINEZ ANGULO, JUAN FRANCISCO MARTINEZ ANGULO, USULLA MILAGROS MARTINEZ ANGULO, LUCIANA MARTINEZ ANGULO Y TERESA ERLINDA ANGULO GALLO DE MARTINEZ cumpla con sus obligaciones en materia de relaciones laborales; asimismo, la presente resolución de multa adquiere mérito ejecutivo respecto de las obligaciones que contiene una vez quede consentida o confirmada, bajo apercibimiento de que se siga la acción por la vía coactiva, en caso de incumplimiento en el pago de la multa, debiendo hacer llegar a la Oficina que emitió el acto administrativo el original del Voucher de pago.
Regístrese y comuniquese,
Artículo 1.- SANCIONAR a Sucesión JOSE IGNACIO MARTINEZ ANGULO, JUAN FRANCISCO MARTINEZ ANGULO, USULLA MILAGROS MARTINEZ ANGULO, LUCIANA MARTINEZ ANGULO Y TERESA ERLINDA ANGULO GALLO DE MARTINEZ y domicilio ubicado en CASERIO SANTA ROSA S/N - CIENEGUILLO SUR S/N - PAITA con una multa ascendente a S/. 7, 087.50 (Siete mil ochenta y siete con 50/100 soles) por haber incurrido en la infracción previstas en 1) D.S 004-2006-TR, D. S Nº 019-2006- TR modificado por D. S. N° 019-2017-TR y 012-2013-TR, art. 25°, numeral 25.19; por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que el monto de la multa, más los intereses de ley, de ser el caso, sean abonados en la cuenta corriente N° 631-103960 del Banco de la Nación - Región Piura, dentro del término de setenta y dos (72) horas de quedar consentida o confirmada la presente resolución.
Artículo 3.- Instar a Sucesión JOSE IGNACIO MARTINEZ ANGULO, JUAN FRANCISCO MARTINEZ ANGULO, USULLA MILAGROS MARTINEZ ANGULO, LUCIANA MARTINEZ ANGULO Y TERESA ERLINDA ANGULO GALLO DE MARTINEZ cumpla con sus obligaciones en materia de relaciones laborales; asimismo, la presente resolución de multa adquiere mérito ejecutivo respecto de las obligaciones que contiene una vez quede consentida o confirmada, bajo apercibimiento de que se siga la acción por la vía coactiva, en caso de incumplimiento en el pago de la multa, debiendo hacer llegar a la Oficina que emitió el acto administrativo el original del Voucher de pago.
Regístrese y comuniquese,
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Zona de Trabajo y Promoción del Empleo de Paita