Resolución Zonal N.° 014-2018-ZTPEP
Zona de trabajo y Promoción del Empleo de Paita
14 de setiembre de 2018
SE RESUELVE:
Articulo 1.- SANCIONAR a CNC S. A. C. EN LIQUIDACIÓN con RUC N° 20483783583 y domicilio ubicado en A VENIDA TACNA Nº 910 CASTILLA PIUR con MULTA TOTAL ascendente a TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 SOLES (S/36,450.00) por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Articulo 2.- Disponer que el monto de la multa, más los intereses de ley, de ser el caso, sean abonados en pago efectivo o giro de cheque a nombre del Gobierno Regional Piura, en ambos casos el pago se hará directamente en Ventanilla de Caja - Ingresos de la Oficina de Tesorería del Gobierno Regional Piura, dentro del término de setenta y dos (72) horas de quedar consentida o confirmada la presente resolución.
Articulo 3.- Instar a CNC S. A. C. EN LIQUIDACIÓN cumpla con sus obligaciones en materia de relaciones laborales, pago de vacaciones, gratificaciones y compensación por tiempo de servicios; asimismo, la presente resolución de multa adquiere mérito ejecutivo respecto de las obligaciones que contiene una vez quede consentida o confirmada, bajo apercibimiento de que se siga la acción por la via coactiva, en caso de incumplimiento en el pago de la multa, debiendo hacer llegar a la Oficina que emitió el acto administrativo el original del Voucher de pago.
Regístrese y comuníquese.-
Articulo 1.- SANCIONAR a CNC S. A. C. EN LIQUIDACIÓN con RUC N° 20483783583 y domicilio ubicado en A VENIDA TACNA Nº 910 CASTILLA PIUR con MULTA TOTAL ascendente a TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 SOLES (S/36,450.00) por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Articulo 2.- Disponer que el monto de la multa, más los intereses de ley, de ser el caso, sean abonados en pago efectivo o giro de cheque a nombre del Gobierno Regional Piura, en ambos casos el pago se hará directamente en Ventanilla de Caja - Ingresos de la Oficina de Tesorería del Gobierno Regional Piura, dentro del término de setenta y dos (72) horas de quedar consentida o confirmada la presente resolución.
Articulo 3.- Instar a CNC S. A. C. EN LIQUIDACIÓN cumpla con sus obligaciones en materia de relaciones laborales, pago de vacaciones, gratificaciones y compensación por tiempo de servicios; asimismo, la presente resolución de multa adquiere mérito ejecutivo respecto de las obligaciones que contiene una vez quede consentida o confirmada, bajo apercibimiento de que se siga la acción por la via coactiva, en caso de incumplimiento en el pago de la multa, debiendo hacer llegar a la Oficina que emitió el acto administrativo el original del Voucher de pago.
Regístrese y comuníquese.-
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Zona de Trabajo y Promoción del Empleo de Paita