Resolución Zonal N.° 024-2019-ZTPEP
Zona de trabajo y Promoción del Empleo de Paita
26 de noviembre de 2019
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- MULTAR al Administrado COMERCIALIZADORA MILAGROS ESTHER S. R. L., con RUC № 20526546378, y domicilio fiscal en MZA. F LOTE 07 PUERTO NUEVO (ESTUDIO CONTABLE BENEL); por incurrir en infracciones en materia de seguridad y salud en el trabajo con la suma de S/ 28,012.50 (VEINTIOCHO MIL DOCE CON 50/100 SOLES).
Artículo 2º.- Cumpla el administrado con subsanar las infracciones por las que está siendo sancionado conforme a lo precisado en el último considerando de la presente resolución.
Artículo 3º.- Disponer que el monto de la multa, más los intereses de ley, de ser el caso, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional Piura - Av. San Ramón S/N Urb. San Eduardo - El Chipe Piura dentro del tercer día de notificada la presente, bajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá mérito ejecutivo y pasará al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envío del original del respectivo comprobante de pago.
Artículo 4º.- Notificar con la presente Resolución al Administrado COMERCIALIZADORA MILAGROS ESTHER SRL.y ala parte laboral de corresponder, de conformidad con lo establecido en el literal f) del artículo 45 de la Ley Nº 29783, concordante con lo establecido en el inciso 6) de artículo 253º del D.S. Nº 016-2017-TR.
Regístrese y Comuníquese
Artículo 1º.- MULTAR al Administrado COMERCIALIZADORA MILAGROS ESTHER S. R. L., con RUC № 20526546378, y domicilio fiscal en MZA. F LOTE 07 PUERTO NUEVO (ESTUDIO CONTABLE BENEL); por incurrir en infracciones en materia de seguridad y salud en el trabajo con la suma de S/ 28,012.50 (VEINTIOCHO MIL DOCE CON 50/100 SOLES).
Artículo 2º.- Cumpla el administrado con subsanar las infracciones por las que está siendo sancionado conforme a lo precisado en el último considerando de la presente resolución.
Artículo 3º.- Disponer que el monto de la multa, más los intereses de ley, de ser el caso, deberá ser abonado en la ventanilla de Caja del Gobierno Regional Piura - Av. San Ramón S/N Urb. San Eduardo - El Chipe Piura dentro del tercer día de notificada la presente, bajo apercibimiento de que una vez consentida o firme la resolución tendrá mérito ejecutivo y pasará al área de ejecución respectiva, debiendo comunicar a esta dependencia con el envío del original del respectivo comprobante de pago.
Artículo 4º.- Notificar con la presente Resolución al Administrado COMERCIALIZADORA MILAGROS ESTHER SRL.y ala parte laboral de corresponder, de conformidad con lo establecido en el literal f) del artículo 45 de la Ley Nº 29783, concordante con lo establecido en el inciso 6) de artículo 253º del D.S. Nº 016-2017-TR.
Regístrese y Comuníquese
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Zona de Trabajo y Promoción del Empleo de Paita