Resolución Zonal N.° 009-2021-ZTPES
Zona de Trabajo y Promoción del Empleo de Sullana
5 de abril de 2021
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Sancionar a TRANSPORTES J&C S.A.C. con RUC N° 20525525598 y domicilio en CALLE EL CARMEN N° 245 (COSTADO COLEGIO SANTA URSULA) – URBANIZACIÓN SANTA ROSA - SULLANA, con multa TOTAL ascendente a CINCO MIL SEISCIENTOS DOS CON 50/100 SOLES (S/5,602.50) por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que el monto de la multa más los intereses de ley, de ser el caso, sean abonados en efectivo o giro de cheque de gerencia a nombre del Gobierno Regional Piura directamente en la Ventanilla de Caja-Ingresos de la Oficina de Tesorería del Gobierno Regional Piura, dentro del término de setenta y dos (72) horas de quedar consentida o confirmada la presente resolución, debiendo hacer llegar a este despacho el original de la constancia de pago, bajo apercibimiento de acción coactiva, en caso de incumplimiento en el pago de la multa.
Artículo 3.- Instar a TRANSPORTES J&C S. A. C. para que cumpla con sus obligaciones en materia de relaciones laborales que dieron origen a la sanción de multa; precisando que la presente resolución adquiere mérito ejecutivo respecto de las obligaciones que contiene una vez quede consentida o confirmada.
Regístrese y comuníquese.-
Artículo 1.- Sancionar a TRANSPORTES J&C S.A.C. con RUC N° 20525525598 y domicilio en CALLE EL CARMEN N° 245 (COSTADO COLEGIO SANTA URSULA) – URBANIZACIÓN SANTA ROSA - SULLANA, con multa TOTAL ascendente a CINCO MIL SEISCIENTOS DOS CON 50/100 SOLES (S/5,602.50) por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que el monto de la multa más los intereses de ley, de ser el caso, sean abonados en efectivo o giro de cheque de gerencia a nombre del Gobierno Regional Piura directamente en la Ventanilla de Caja-Ingresos de la Oficina de Tesorería del Gobierno Regional Piura, dentro del término de setenta y dos (72) horas de quedar consentida o confirmada la presente resolución, debiendo hacer llegar a este despacho el original de la constancia de pago, bajo apercibimiento de acción coactiva, en caso de incumplimiento en el pago de la multa.
Artículo 3.- Instar a TRANSPORTES J&C S. A. C. para que cumpla con sus obligaciones en materia de relaciones laborales que dieron origen a la sanción de multa; precisando que la presente resolución adquiere mérito ejecutivo respecto de las obligaciones que contiene una vez quede consentida o confirmada.
Regístrese y comuníquese.-
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Zona de Trabajo y Promoción del Empleo de Sullana