Resolución Zonal N.° 018-2019-ZTPES
Zona de Trabajo y Promoción del Empleo de Sullana
12 de marzo de 2019
SE RESUELVE:
SANCIONAR a ASOCIACIÓN IGLESIA ADVENTISTA DEL SEPTIMO DÍA PERUANA DEL NORTE con RUC N° 20538633021 y domicilio en AVENIDA JOSÉ DE LAMA Nº 435 - SULLANA, con MULTA de CUATRO MIL CON 00/100 SOLES (S/4,000.00) la misma que consignará en efectivo o giro de cheque de gerencia a nombre del Gobierno Regional Piura directamente en la Ventanilla de Caja-Ingresos de la Oficina de Tesorería del Gobierno Regional Piura, dentro del término de 72 horas de quedar consentida o ejecutoriada la presente resolución, haciendo llegar a este Despacho el original de la constancia de pago, bajo apercibimiento de acción coactiva.-
HAGASE SABER.-
SANCIONAR a ASOCIACIÓN IGLESIA ADVENTISTA DEL SEPTIMO DÍA PERUANA DEL NORTE con RUC N° 20538633021 y domicilio en AVENIDA JOSÉ DE LAMA Nº 435 - SULLANA, con MULTA de CUATRO MIL CON 00/100 SOLES (S/4,000.00) la misma que consignará en efectivo o giro de cheque de gerencia a nombre del Gobierno Regional Piura directamente en la Ventanilla de Caja-Ingresos de la Oficina de Tesorería del Gobierno Regional Piura, dentro del término de 72 horas de quedar consentida o ejecutoriada la presente resolución, haciendo llegar a este Despacho el original de la constancia de pago, bajo apercibimiento de acción coactiva.-
HAGASE SABER.-
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Zona de Trabajo y Promoción del Empleo de Sullana