Resolución Zonal N.° 012-2019-ZTPET
Zona de Trabajo y Promoción del Empleo de Talara
14 de marzo de 2019
SE RESUELVE:
1.- CORREGIR EL PUNTO 3.- DEL INFORME FINAL DE INSTRUCCIÓN DE AUTOS DICE : por OBSTRUCCION A LA LABOR INSPECTIVA calificada como INFRACCION
GRAVE, DEBE DECIR : por NO PAGAR INTEGRA Y OPORTUNAMENTE LAS REMUNERACIONES.
2.- onforme a lo dispuesto en el articulo 48 de la Ley 28806 el sujeto inspeccionado deberá cumplir con subsanar las Infracciones incurridas en el proceso inspectivo advertidas en el acta de infraccion a favor del trabajador afectado FRANCISCO NAMUCHE PIZARRO.
3.- ACOGER LA PROPUESTA DE SANCION DEL ORGANO INSTRUCTOR EN SU INFORME FINAL N° 002-2019-GRP-DRTPE-PIURA-DIT-OIU de fecha 11 de Febrero 2019 coriente a fs. 44 a 55 de autos .consecuentemente multar a la empresa MANEJO INTEGRAL DEL AMBIENTE MARINO SAC con R.U.C. Nº 205245842640, con domicilio en av. Rivera del Mar s/n Muelle Los Organos-Talara suma de s/.1,826.00 (son UN MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS y 00/100 SOLES). cantidad que deberá ser abonada en el Banco de la Nación,en la cuenta corriente del Banco de la Nación N° 631-103960 Region Piura Sede Central, dentro del término de 15 dias de notificada la presente resolución o posteriormente con los intereses que se generen a la fecha efectiva de pago, debiendo presentar a este Despacho el voucher de pago original, bajo apercibimiento de seguirse la acción por la vía coactiva. La empresa sancionada deberá acreditar el pago de la multa con el voucher original expedido por el Banco de la Nacion.
HAGASE SABER.-
1.- CORREGIR EL PUNTO 3.- DEL INFORME FINAL DE INSTRUCCIÓN DE AUTOS DICE : por OBSTRUCCION A LA LABOR INSPECTIVA calificada como INFRACCION
GRAVE, DEBE DECIR : por NO PAGAR INTEGRA Y OPORTUNAMENTE LAS REMUNERACIONES.
2.- onforme a lo dispuesto en el articulo 48 de la Ley 28806 el sujeto inspeccionado deberá cumplir con subsanar las Infracciones incurridas en el proceso inspectivo advertidas en el acta de infraccion a favor del trabajador afectado FRANCISCO NAMUCHE PIZARRO.
3.- ACOGER LA PROPUESTA DE SANCION DEL ORGANO INSTRUCTOR EN SU INFORME FINAL N° 002-2019-GRP-DRTPE-PIURA-DIT-OIU de fecha 11 de Febrero 2019 coriente a fs. 44 a 55 de autos .consecuentemente multar a la empresa MANEJO INTEGRAL DEL AMBIENTE MARINO SAC con R.U.C. Nº 205245842640, con domicilio en av. Rivera del Mar s/n Muelle Los Organos-Talara suma de s/.1,826.00 (son UN MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS y 00/100 SOLES). cantidad que deberá ser abonada en el Banco de la Nación,en la cuenta corriente del Banco de la Nación N° 631-103960 Region Piura Sede Central, dentro del término de 15 dias de notificada la presente resolución o posteriormente con los intereses que se generen a la fecha efectiva de pago, debiendo presentar a este Despacho el voucher de pago original, bajo apercibimiento de seguirse la acción por la vía coactiva. La empresa sancionada deberá acreditar el pago de la multa con el voucher original expedido por el Banco de la Nacion.
HAGASE SABER.-
Esta norma pertenece al compendio Resolución de la Zona de Trabajo y Promoción del Empleo de Talara