Resolución Directoral Regional N.° 058-2021-DRTPE
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura
27 de octubre de 2021
SE RESUELVE:
ARTICULO 1° DELARAR LA NULIDAD DE LO ACTUADO desde folios (04), devolviéndose a Subdirección de la Oficina Técnica Administrativa Tecnologías de la Información de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, a fin que proceda a subsanar los vicios advertidos y conducir el procedimiento dentro de los parámetros legales que lo regulan, bajo responsabilidad.
ARTICULO 2° REMITASE copia de los actuados a la Secretaria Técnica de la DRTPE-PIURA suplente para las investigaciones y presuntas responsabilidades incurridas en el procedimiento.
ARTICULO 3° RECOMENDAR al Subdirector de la Oficina Técnica Administrativa Tecnologías de la Información llevar el tramite del procedimiento de valorización del pliego de reclamos en forma ordenada, en estricto cumplimiento de las normas especificas que lo regulan, emitiendo informes debidamente estructurados que sirvan de fundamento para aplicar las decisiones administrativas por el órgano resolutos, conforme a las observaciones que contiene los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 4° REGISTRESE, NOTIFIQUESE, DEVUELVASE a la Subdirección de la Oficina Técnica Administrativa.
ARTICULO 1° DELARAR LA NULIDAD DE LO ACTUADO desde folios (04), devolviéndose a Subdirección de la Oficina Técnica Administrativa Tecnologías de la Información de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, a fin que proceda a subsanar los vicios advertidos y conducir el procedimiento dentro de los parámetros legales que lo regulan, bajo responsabilidad.
ARTICULO 2° REMITASE copia de los actuados a la Secretaria Técnica de la DRTPE-PIURA suplente para las investigaciones y presuntas responsabilidades incurridas en el procedimiento.
ARTICULO 3° RECOMENDAR al Subdirector de la Oficina Técnica Administrativa Tecnologías de la Información llevar el tramite del procedimiento de valorización del pliego de reclamos en forma ordenada, en estricto cumplimiento de las normas especificas que lo regulan, emitiendo informes debidamente estructurados que sirvan de fundamento para aplicar las decisiones administrativas por el órgano resolutos, conforme a las observaciones que contiene los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 4° REGISTRESE, NOTIFIQUESE, DEVUELVASE a la Subdirección de la Oficina Técnica Administrativa.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Regional