Resolución Directoral Regional N.° 029-2017-DR
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura
25 de julio de 2017
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por JULIO ALBERTO CHIROQUE CHORRES contra la Constancia de Inscripción de cambio de la Junta Directiva del Sindicato Unificado de Trabajadores Municipales de Piura - Escrito de Registro N° 885-2017-GRP-DRTPE-DPECL, de fecha 24 de febrero de 2017, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
ARTICULO SEGUNDO.- NOTIFIQUESE al administrado Julio Alberto Chiroque Chorres, dentro del plazo de Ley, cinco (05) días, a partir de la expedición del acto administrativo, con las formalidades establecidas en el articulo 24 de la Ley de Procedimiento Administrativo General, asimismo, notifíquese al Secretario General del Sindicato Unificado de Trabajadores Municipales de Piura, SUTRAMUNP, Rogelio Favio Carrillo Chiroque, con las formalidades de Ley.
ARTICULO TERCERO.- HAGASE de conocimiento de las unidades orgánicas pertinentes de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y EJECUTESE.
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por JULIO ALBERTO CHIROQUE CHORRES contra la Constancia de Inscripción de cambio de la Junta Directiva del Sindicato Unificado de Trabajadores Municipales de Piura - Escrito de Registro N° 885-2017-GRP-DRTPE-DPECL, de fecha 24 de febrero de 2017, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
ARTICULO SEGUNDO.- NOTIFIQUESE al administrado Julio Alberto Chiroque Chorres, dentro del plazo de Ley, cinco (05) días, a partir de la expedición del acto administrativo, con las formalidades establecidas en el articulo 24 de la Ley de Procedimiento Administrativo General, asimismo, notifíquese al Secretario General del Sindicato Unificado de Trabajadores Municipales de Piura, SUTRAMUNP, Rogelio Favio Carrillo Chiroque, con las formalidades de Ley.
ARTICULO TERCERO.- HAGASE de conocimiento de las unidades orgánicas pertinentes de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y EJECUTESE.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Regional